En el marco de la Resolución M.H. Nº 207/2018, todas las solicitudes administrativas en el Servicio Nacional de Catastro deberán efectuarse en formato digital, mediante el Sistema de Expediente Electrónico (SIEE), desde el próximo 02 de junio de 2025. Con ello, las solicitudes de certificación catastral en formato papel serán recibidas hasta el 30 de mayo de 2025.
Cabe mencionar que, la resolución contempla la progresiva y paulatina adaptación de los servicios brindados por el Servicio Nacional de Catastro para que estos sean realizados vía digital, siendo la emisión del certificado catastral uno de los servicios a ser adaptados y proveídos en formato digital.
Para el efecto, se insta, con antelación de 60 días corridos, a los escribanos públicos con registros vigentes expedidos por la Corte Suprema de Justicia, y que aún no tengan usuarios activos en el SIEE, a gestionar oportunamente el procedimiento para darse de alta en el mismo antes del 01 de junio de 2025.
La gestión de los nuevos usuarios en el SIEE se efectúa conforme con el instructivo: https://youtu.be/YD9uLwdP7Ps?si=EPwaoLg–kfAXPm1 .
Esta determinación tiene por objeto garantizar que la expedición del certificado catastral en formato digital se realice en un plazo máximo de 2 a 3 días hábiles, con mayor celeridad, transparencia, trazabilidad, calidad y eficiencia de recursos, en el marco de la política de reducción del uso de papel de la administración pública establecida en la Ley N.º 6562/2020.
Asimismo, se recuerda la vigencia de la Res. SNC N.º 637/2019, “Por la cual se aprueba el procedimiento de exoneración del pago de aranceles, para expedientes tramitados en el sistema integrado de expediente electrónico DEL SNC”, a través de la cual se establece el procedimiento de revisión, en los casos en que la certificación fuera rechazada por un error imputable a la DGSNC, el cual inicia con un correo electrónico dirigido a sncdigital@hacienda.gov.py , conforme con la normativa referida.