El Poder Ejecutivo estableció, mediante el Decreto Nº 5154/2025, un régimen excepcional y transitorio para la regularización de deudas impositivas, con una tasa de interés del 0%. La medida, propuesta por la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT), estará vigente hasta el 31 de agosto de 2026.
El abogado Ever Otazú, gerente general de Impuestos Internos de la DNIT, en entrevista con Radio 1000, explicó que el beneficio alcanza a obligaciones tributarias vencidas correspondientes a períodos mensuales cerrados hasta diciembre de 2023 y a obligaciones anuales del ejercicio fiscal cerrado al 31 de diciembre de 2023. Incluye deudas firmes consignadas en Certificados de Deuda —incluso en gestión de cobro por el Ministerio de Economía y Finanzas— y ajustes fiscales derivados de fiscalizaciones, sumarios administrativos o recursos de reconsideración, siempre que exista conformidad o allanamiento expreso del contribuyente.
Detalló que para acceder al régimen, los contribuyentes deberán presentar una solicitud ante la DNIT o la Dirección General de Abogacía del Tesoro, según corresponda, mediante la nota habilitada en la web de la DNIT, ingresada por Mesa de Entrada institucional.
El esquema prevé una entrega mínima del 10% de la deuda y financiación sin intereses: hasta 24 cuotas mensuales cuando el monto no supere G. 500 millones; hasta 36 cuotas si supera ese monto. De manera excepcional, podrán otorgarse más de 36 cuotas cuando la deuda exceda G. 1.000 millones, con aprobación del director nacional de la DNIT.
Descuentos en sanciones por defraudación
Otazú mencionó además que el decreto también contempla un descuento del 50% por pronto pago en sanciones por defraudación, siempre que no se haya abonado la sanción y que el monto no sea inferior al mínimo legal. Además, en casos de conformidad o allanamiento en procesos en curso, se aplicará la sanción mínima prevista.
Resaltó que la medida busca facilitar la regularización voluntaria, fortalecer la recaudación y promover el cumplimiento tributario bajo condiciones excepcionales de seguridad jurídica.





















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