Emerson Giovanni Ruiz Díaz, alias “Pingui”, de 20 años, fue abatido durante un enfrentamiento con Mario Roberto Gómez, de 70 años, dueño de una vivienda en Fernando de la Mora, quien también falleció en el tiroteo, durante un asalto domiciliario.
Ruiz Díaz contaba con arresto domiciliario por dos causas de homicidio doloso. Según los registros judiciales, tras un incidente con su expareja, realizó un disparo que impactó en la espalda de su vecina de cinco años. La jueza de ambas causas revocó su arresto domiciliario y lo envió a prisión, pero tras permanecer tres meses tras las rejas, se le otorgaron nuevamente medidas alternativas.
El caso nuevamente generó críticas sobre la facilidad con la que personas con antecedentes graves pueden acceder a medidas más flexibles. José Ignacio González Macchi, doctor en Derecho, máster en Ciencias Penales y Criminológicas y docente universitario, señaló en entrevista con Radio 1000 que “no se trata de que el Código Procesal Penal sea blando, sino de la interpretación y aplicación de la ley por quienes ocupan los cargos judiciales”.
González Macchi explicó que “el Código Penal define los hechos punibles, pero no dicta cómo ni cuándo se aplicará la cárcel; eso lo regula el Código Procesal Penal”. Agregó que “la prisión preventiva debe aplicarse en casos graves, cuando existan elementos de convicción suficientes sobre la existencia de un hecho punible grave o peligro para la vida o la integridad de terceros. Las medidas alternativas, como el arresto domiciliario o las tobilleras electrónicas, solo pueden aplicarse a delitos leves”.
El especialista advirtió que “el círculo vicioso no es de la ley en sí, sino de la interpretación por jueces o fiscales que, en algunos casos, actúan de manera indebida, permitiendo que delincuentes con antecedentes graves accedan nuevamente a medidas flexibles”.
























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