La decisión del tribunal de Minas Gerais, Brasil de absolver a un hombre de 35 años acusado de violación agravada contra una niña de 12 años generó indignación entre políticos, así como reacciones de organizaciones vinculadas a la defensa de la infancia y la adolescencia.
Por mayoría, los jueces de la 9.ª Sala Penal del Tribunal de Justicia de Minas Gerais (TJMG) revocaron la sentencia de primera instancia que condenaba al acusado a nueve años y cuatro meses de prisión, basándose en un supuesto «vínculo familiar y afectivo» entre él y la víctima. El caso se tramita bajo secreto de sumario.
El juez ponente, Magid Nauef Láuar, consideró que el acusado y la víctima tenían un «vínculo afectivo consensual». El derecho penal define el delito de violación de persona vulnerable como el acto de «conocimiento carnal o la comisión de otro acto lascivo con un menor de 14 años», con una pena de 10 a 18 años de prisión, además de una multa.
Con el respaldo de una sentencia del Tribunal Superior de Justicia, la jurisprudencia indicó que el «consentimiento eventual» de la víctima, la experiencia sexual previa o la existencia de una relación romántica son irrelevantes para la tipificación del delito. Sin embargo, el juez Magid Nauef Láuar citó las peculiaridades del caso ocurrido en Indianópolis, en la región del Triángulo Minero.
El juez afirmó que la niña mantenía con el hombre una relación «análoga al matrimonio», con conocimiento de su familia.
«La relación entre el imputado y el menor no surgió de un acto de violencia, coacción, fraude o coacción, sino de un vínculo afectivo consentido, previo consentimiento de los padres de la víctima y vivido en presencia de todos», afirmó en la decisión.
En un comunicado, el Ministerio Público de Minas Gerais destacó que el ordenamiento jurídico del país y la jurisprudencia consolidada del Tribunal Superior de Justicia (STJ) establecen una «presunción absoluta» de vulnerabilidad para los menores de 14 años, de modo que la preservación del sano desarrollo y la dignidad sexual de estas personas prevalece sobre las interpretaciones relativas al consentimiento de la víctima o al acuerdo familiar. El organismo indicó que analizará la decisión y tomará las medidas procesales pertinentes.
La Defensoría Pública de Minas Gerais, que presentó el recurso contra la condena de primera instancia, afirmó que «actuó para garantizar el derecho del acusado a una defensa integral», de acuerdo con sus deberes constitucionales.
Fuente: O Globo – Brasil






















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