La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia rechazó el pedido de aclaratoria presentado por la defensa del exgobernador de Presidente Hayes, Óscar Venancio Núñez, contra el fallo que anuló una resolución del Tribunal de Apelación que había rechazado una recusación contra la jueza Jazmín Ortíz. La Cámara debe resolver si confirma o revoca la condena de 11 años de prisión impuesta al exjefe departamental.
La defensa solicitó que la máxima instancia judicial precisara si, al ordenar la prosecución del proceso de integración del Tribunal de Apelación Multifuero de Presidente Hayes, dispuso continuar con la conformación ya iniciada o si los dos camaristas cuya resolución fue anulada también debían apartarse de la causa.
Los ministros Alberto Martínez Simón, Carolina Llanes y Luis María Benítez Riera concluyeron que no se reúnen los requisitos para admitir el recurso, debido a que no existe un error material que corregir, una expresión oscura que aclarar ni una omisión que subsanar.
En su resolución, la Sala Penal señaló que la defensa busca generar una precisión sobre el alcance de la palabra “proseguir”, utilizada en el punto tercero de la parte resolutiva del fallo que ordenó continuar con el proceso de integración del Tribunal de Apelación.
Al respecto, los ministros indicaron que, aun cuando el término implique dar continuidad a un proceso de integración ya iniciado, ello no impide que, una vez devuelto el expediente al órgano de origen, los integrantes del Tribunal de Apelación evalúen si corresponde apartarse de la causa, conforme al artículo 50, inciso 7, del Código Procesal Penal.
La Corte aclaró que esa cuestión queda fuera de su competencia en esta instancia, que se limitó a resolver el recurso de apelación interpuesto contra el Auto Interlocutorio N.º 112, del 19 de junio de 2026, dictado por el Tribunal de Apelación Multifuero de la Circunscripción Judicial de Presidente Hayes.
Condena por corrupción
Óscar Venancio Núñez fue condenado en diciembre de 2023 a 11 años de prisión, luego de que se probara su participación en un esquema de corrupción que ocasionó un perjuicio patrimonial de G. 42.000.503.556.
Ahora, el Tribunal de Apelación deberá resolver si confirma o no la condena, una vez que se complete el proceso de integración y se sustancien las actuaciones correspondientes.






















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