La representación técnica del exsenador Hernán Rivas, bajo el patrocinio de la abogada Alba Zaracho, interpuso un recurso de apelación especial en contra de la Sentencia Definitiva N.º 499 del 24 de septiembre de 2026, mediante la cual fue condenado a 8 años de cárcel.
La sentencia de primera instancia fue dictada por unanimidad por el Tribunal de Sentencia integrado por los jueces María Fernanda García de Zúñiga, Yolanda Portillo Torales y Juan Carlos Zárate Pastor. El colegiado dio por probada la acusación formulada por el Ministerio Público, concluyendo que el procesado utilizó una matrícula de abogado y títulos académicos de contenido falso para acceder a cargos de representación institucional.
A través de un documento de 27 páginas, la defensa argumenta en primer término la prescripción de la porción fáctica referida a la designación de Rivas ante el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados en representación de la Cámara de Diputados, ocurrida el 3 de junio de 2020. Sostienen que al momento de formularse la imputación en enero de 2024, el plazo de tres años estipulado para dicha figura penal ya se encontraba vencido.
Asimismo, la apelación cuestiona la valoración probatoria realizada por el Tribunal, calificándola de irregular por fundamentarse en la falta de antecedentes académicos que fueron destruidos por la propia Universidad Sudamericana tras fenecer su plazo interno de conservación de cinco años. La representación legal alega además la atipicidad del hecho y vulneración del principio de congruencia en la tipificación de las resoluciones parlamentarias.
En el plano del quantum de la sanción, la defensa objetó la medición de la pena y la calificación del caso como “especialmente grave”. Durante el juicio oral, si bien los agentes fiscales Patricia Sánchez, Luz Guerrero y Christian Benítez solicitaron 12 años de prisión, en la deliberación interna el juez Juan Carlos Zárate emitió un voto en disidencia proponiendo 14 años de cárcel, argumentando el impacto institucional que generó la actuación de un falso profesional del Derecho juzgando a magistrados y fiscales.
Con la presentación formal del recurso de apelación especial, la resolución del expediente queda en manos de la Cámara de Apelación en lo Penal interviniente. Los magistrados del fuero deberán expedirse sobre la admisibilidad del escrito y analizar los planteamientos de nulidad, la absolución solicitada o la eventual realización de un nuevo juicio oral y público.























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