El Ministerio Público, recordó a la sociedad que disparar al aire con armas de fuego está penado por la ley y que los autores de ese hecho punible se exponen hasta a 5 años de cárcel.
Este acto corresponde a la producción de riesgos comunes y en concordancia con el art. 261 de la ley de armas n. 7411/2024, castiga el hecho. En caso de causar heridos o víctimas fatales, los autores pueden ser imputados por lesión grave o bien, por homicidio.
«Realizar disparos al aire puede traer graves consecuencias, desde daños severos, lesión grave, hasta un homicidio», informó el Ministerio Público.
La Fiscalía exhortó a tomar consciencia del uso de las armas de fuego, teniendo en cuenta que años anteriores se registraron casos de víctimas fatales a causas de las balas perdidas.
Igualmente, la Fiscalía recordó que conducir tras la ingesta de bebidas alcohólicas, sustancias estupefacientes o psicotrópicas legales o no, defectos físicos, síquicos o agotamientos pueden causar tragedias en las rutas.
Por ello, advirtió a los conductores, que de manejar en dichas condiciones y causar accidentes culposa y dolosamente, representa un hecho punible bajo la tipificación de Exposición a peligro en el tránsito terrestre, sancionado en el artículo 153 de la Ley 5016/2014, que modifica el artículo 217 del Código Procesal Penal y que castiga con dos años de cárcel o multa.
Fuente: Ministerio de Público






















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