El presidente de la República Santiago Peña, promulgó finalmente la polémica Ley 7503 del Sistema Nacional de Pagos, que fuera sancionada el martes último en la Cámara de Diputados.
Uno de los principales puntos de discusión fue el artículo 4, en especial los incisos E y Q. Estos establecen que el Banco Central del Paraguay (BCP) tendrá facultades para definir requisitos, organización y mecanismos de control de las entidades que integran el sistema de pagos.
El artículo autoriza al BCP a exigir la separación estructural entre empresas que cumplen simultáneamente varios roles, con el fin de preservar la independencia funcional, contable y operativa dentro del sistema.
De acuerdo con los objetivos dispuestos en la ley, se busca establecer este marco normativo de modo a regular las reglas que promueven el acceso, seguridad, transparencia, eficiencia, interoperabilidad, interconexión, innovación y competencia, de modo a promover la inclusión financiera.
La autoridad de aplicación será el Banco Central del Paraguay (BCP), el que tendrá la responsabilidad de regular, administrar y supervisar el funcionamiento del Sistema Nacional de Pagos. Entre sus atribuciones se encuentran: establecer requisitos técnicos y operativos para los participantes y autorizar el ingreso y permanencia de entidades en el sistema.
Asimismo, el BCP podrá emitir normas complementarias, coordinar acciones con otras autoridades del sector y aplicar sanciones en caso de incumplimientos.
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