El Ministerio Público presentó acusación en la causa n.º 8198/24 “Alexandre Rodrigues y otros s/ lavado de activos provenientes del tráfico de drogas y otros”, en el caso denominado Pavo Real II- Py y solicitó al Juzgado Penal de Garantías Especializado en Crimen Organizado que eleve la causa a juicio oral y público. Para la Fiscalía, el ahora acusado lideraba una estructura criminal que se dedicada al tráfico internacional de sustancias estupefacientes.
Los agentes fiscales Andrés Arriola, Ingrid Cubilla y Elva Cáceres, de la Unidad Especializada en la Lucha Contra el Narcotráfico y Crimen Organizado, acusaron a Alexandre Rodrigues Gomes (38), por los hechos punibles de lavado de dinero y asociación criminal (previstos en los artículos 196 inciso 1° numerales 2 y 3; inciso 2° numeral 1; e inciso 4°; y 239 inciso 1° numerales 1, 2, 3 y 4 del Código Penal; ambos en concordancia con el art. 29 inciso 2° del mismo cuerpo legal), y tráfico, tenencia, asociación y comercialización de drogas (previstos en los artículos 26, 27, 42 y 44 de la Ley n.º 1340/88 y su modificatoria, la Ley n.º 1881/02).
Una de las fiscales intervinientes, Ingrid Cubilla, en entrevista con Radio 1000, explicó que entre el año 2019 al 2021, el hombre formó parte de una organización criminal integrada por ciudadanos paraguayos, brasileños y bolivianos, dedicada al tráfico internacional de sustancias prohibidas, con base de operaciones en ciudades fronterizas del departamento de Amambay.
La agente del Ministerio Público señaló que las sospechas apuntan a que la estructura criminal operaba en todas las etapas de la cadena delictiva: adquisición de cocaína, pasta base en Bolivia, ingreso al territorio paraguayo mediante aeronaves que aterrizaban en pistas clandestinas ubicadas en establecimientos rurales; resguardo, y transporte posterior al territorio brasileño y otros destinos internacionales como el continente europeo.
Mencionó que, según los indicios, el acusado mantenía conversaciones constantes con otras personas de su grupo criminal, a través de una aplicación de mensajería cifrada, en la cual se dirigían las coordinaciones de envíos de droga, asignación de pistas de aterrizaje, coordenadas geográficas, provisión de combustible, flete y establecía las frecuencias de radio aeronáutica y confirmaba el arribo de las aeronaves mediante códigos preestablecidos. Los mensajes se registraban en los idiomas castellano y portugués.
Asimismo, a Alexandre Rodrigues Gomes se le atribuyó haber estado vinculado con la organización criminal de Jarvis Chimenes Pavão. En ese contexto, tuvo participación, en su organzación independiente, a transacciones de compra-venta de bienes inmuebles existentes en Paraguay que formarían parte del patrimonio de la organización criminal y que fueron adquiridas de manera irregular. Concretamente, se hace referencia a la adquisición del establecimiento rural “Estancia Negla Poty” en el año 2020.
También se le acusa haber realizado transacciones financieras de forma personal y mediante otras empresas y de recibir fondos de otras organizaciones criminales del norte del país.
Cabe destacar, debido a la envergadura de la investigación, que por Ley n.° 6458/19, se creó un Equipo Conjunto de Investigación entre autoridades de Brasil y Paraguay, en el marco de un acuerdo marco de cooperación entre los Estados partes del Mercosur y Estados Asociados para la creación de Equipos Conjuntos de Investigación.
Sobreseimiento Definitivo
Igualmente, en el marco de la misma causa n.º 8198/24, el equipo de agentes fiscales solicitó al juez Penal especializado en Crimen Organizado 2° Turno, Osmar Legal, el sobreseimiento definitivo de los ciudadanos Luis María Zubizarreta Zaputovich y John Gerald Mathías Gaona, en observancia irrestricta del criterio de objetividad del Ministerio Público.
En fecha 19 de agosto del 2024, a los antes citados se les atribuyó, en carácter de representantes de la firma Finexpar SAECA (actual Zeta Banco), haber celebrado un contrato privado de compraventa del inmueble (estancia Negla Poty) con Alexandre Rodrigues Gomes, el 21 de mayo de 2020.
Según el documento, al momento de la celebración del contrato privado, la firma Finexpar SAECA no era titular del bien, dado que lo adquirió recién el 7 de julio de 2020 de la firma Cepagro SAECA, en concepto de dación de pago por operaciones morosas. La firma Finexpar SAECA, por medio de Luis María Zubizarreta y John Gerald Mathías, habría efectuado la transacción con Alexandre Rodrigues sin que la entidad financiera ostentara formalmente la titularidad del bien, ni la facultad legal para disponer del mismo.
El documento de requerimiento de sobreseimiento definitivo, manifiesta que con relación a Alexandre Rodrigues Gomes, las operaciones relativas a la estancia “Negla Poty” sí tienen un trasfondo ilícito, sin embargo, no se ha podido establecer una participación dolosa ni una negligencia grave por parte de los miembros de la firma Finexpar SAECA.
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