Ante la eventual declaración de feriado nacional por parte del Poder Ejecutivo, la Corte Suprema de Justicia, a través del Consejo de Superintendencia, resolvió medidas preventivas para asegurar la continuidad de los actos procesales.
Se habilita el viernes 5 de setiembre de 2025 exclusivamente para la realización de remates judiciales previamente fijados, los actuarios y rematadores judiciales concurrirán a sus lugares de trabajo para cumplir con lo establecido.
Se recuerda a los magistrados la vigencia del artículo 196 del Código de Organización Judicial, de habilitar actos procesales indispensables en días inhábiles, siempre que las circunstancias lo requieran. En caso de no decretarse feriado, las actividades judiciales previstas se desarrollarán con normalidad.

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