La Corte Suprema de Justicia estaría cerca de derogar un artículo del código civil paraguayo en el marco de un juicio muy importante que tiene que ver con un grupo empresarial del país. Es una acción de inconstitucionalidad que presentaron contra el artículo 1087 del código civil paraguayo. Dos de los 4 directores del Grupo empresarial de las más importante del Paraguay, piden a través de sus abogados que se anule o se derogue el articulo 1087, que según los profesionales en la materia jurídica, es un derecho básico a la protección del debido proceso y también de la justicia en la tramitación de las relaciones de la personas. El artículo 1087 prohíbe que nadie pueda ser juez y parte en ninguna decisión, pero esto podría cambiar.
Bonifacio Ríos Ávalos, exministro de la Corte Suprema, en charla con Radio 1000, explicó que no es sólo un articulo del código paraguayo, sino también se trajo del código italiano y del propio código comercio que se tenía anteriormente.
«No es un articulo que está allí por un motivo de capricho. Lo que ocurre con ese articulo, en primer término, protege a los accionistas, es decir, el interés social, y en segundo lugar, lo que está protegiendo la buena fe, y por su puesto la ética. Entonces, esa disposición legal no fue, no solo existe en eso, también está el 1095 donde restringe el derecho al voto a muchos accionistas cuando se va a discutir temas que afectan al interés particular en contravención con el interés social», explicó el experto en contratos en charla con Radio 1000.
A interpretación de Ríos Ávalos, la Corte hizo fue simplemente dictar una medida cautelar, que es de carácter provisoria para anular los efectos del artículo 1087.
«Tengo entendido que cuando esto se pronuncie sobre el fondo de la cuestión seguramente se va a rechazar la acción de inconstitucionalidad, pero la medida cautelar es de carácter provisorio que probablemente dará pie para que puedan emitir los votos en una asamblea, es lo que entiendo. El tema es más profundo de que en caso de establecer o realizar algo en contra de la prohibición son responsables por los daños. En este caso en particular, cuando tiene una autorización a los efectos de emitir esos votos pero sino existen una nocividad tanto para la sociedad como a los accionistas, evidentemente no va a responder», acotó el exministro.
Bonifacio Ríos Ávalos Mencionó que las medidas cautelares se toman en partes, sin embargo, pueden intervenir los accionistas porque estarían en juego los intereses de los afectados en una asamblea.
«No sabemos cómo está planteada es la acción de inconstitucionalidad, pero de todas maneras cuando a uno le va a afectar sus intereses puede intervenir. Uno no puede ser juez y parte», sentenció Bonifacio Ríos Ávalos.























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