El juez de Delitos Económicos Humberto Otazú, en entrevista con Radio 1000, informó que, a pedido de la Fiscalía Adjunta, decretó el sobreseimiento provisional de tres representantes de las empresas Serfin SA y Presto SA, en el marco de las causas vinculadas a la denominada “mafia de los pagarés”, que involucra a funcionarios del Servicio Nacional de Promoción Profesional (SNPP).
Inicialmente, el magistrado dio trámite de oposición al pedido de sobreseimiento definitivo presentado por la fiscala Karina Caballero, por lo que el expediente fue remitido a la Fiscalía General del Estado para su revisión.
Posteriormente, la fiscala adjunta Lourdes Samaniego rectificó el requerimiento y solicitó el sobreseimiento provisional de los procesados Gustavo Adolfo Díaz Cardozo, Gustavo Omar Cartes Araújo y María Belén Cartes Berin, imputados por la supuesta producción de documentos públicos de contenido falso.
La fiscala adjunta argumentó que aún existen varias diligencias pendientes, entre ellas la declaración de la mayoría de las víctimas, funcionarios del SNPP, quienes denunciaron descuentos realizados mediante juicios ejecutivos por deudas que ya habrían sido canceladas.
Ante esta situación, durante la audiencia preliminar, el juez Otazú admitió el pedido de sobreseimiento provisional y dispuso el levantamiento de todas las medidas cautelares que pesaban sobre los tres procesados.
Con esta resolución, la Fiscalía cuenta con un plazo de un año para reabrir la causa y realizar las diligencias pendientes, a fin de determinar si existen elementos suficientes para solicitar la elevación del caso a juicio oral y público.
En la causa también se encuentran procesados, entre otros, el ex juez de Paz de Recoleta, Víctor Nilo Rodríguez, además de actuarios y ujieres.
En su requerimiento inicial, la fiscala Karina Caballero había sostenido que los créditos otorgados a los socios de la Asociación de Funcionarios del SNPP eran reales y que los pagarés eran auténticos, aunque reconoció que se produjeron modificaciones en las fechas consignadas en los documentos.
La agente del Ministerio Público concluyó que las empresas no tendrían responsabilidad penal, sino la propia Asociación, ya que, pese a que los descuentos se realizaban mensualmente a los socios, los montos no eran transferidos a las casas de crédito, motivo por el cual solicitó el sobreseimiento definitivo de los representantes de Serfin SA y Presto SA.
El caso se inició tras la denuncia de socios de la Asociación de Funcionarios del SNPP, quienes fueron demandados y embargados por las empresas crediticias pese a contar con documentos que acreditaban el pago regular de sus deudas a través de la Asociación.
Los pagarés fueron objeto de demandas judiciales al figurar pagos parciales, situación que se habría generado porque, aunque los socios abonaban las cuotas, los montos no eran transferidos a las empresas correspondientes.
Una pericia realizada sobre los pagarés concluyó que las irregularidades se circunscriben exclusivamente al manejo interno de los descuentos por parte de la Asociación, sin evidenciar participación dolosa de las entidades financieras en la confección o utilización de documentos no auténticos. Asimismo, se señaló que la Asociación utilizaba formatos contables poco claros en sus planillas y registros, lo que dio lugar a interpretaciones erróneas y derivó en la imputación inicial de los representantes de las empresas.
La abogada Diana Vargas, asesora de la Comisión Especial conformada en el Congreso para abordar el problema de la conocida como «mafia de los pagarés», en contacto con Radio 1000, dijo que desde un principio, no tenía muchas expectativas con la labor que desempeñaría la Fiscalía.
Fuente: Última Hora






















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