La Cámara de Apelaciones confirmó la condena de 28 años de prisión, más 5 años de medida de seguridad, impuesta a Eusebio Ovelar Bogado (46), declarado culpable del feminicidio de su expareja, Carolina Benítez Vallejos. La resolución ratifica íntegramente la sentencia dictada en primera instancia tras el juicio oral.
La agente fiscal Viviana Sánchez, de la Unidad Penal N.º 2 de Presidente Franco, representó al Ministerio Público durante el proceso y sostuvo la acusación que derivó en la condena del acusado.
La Segunda Sala Penal del Tribunal de Apelación, integrada por los jueces Efrén Giménez, Lilian Lorena Benítez y Myrian Meza de López, confirmó el fallo emitido por el Tribunal de Sentencia conformado por Zunilda Martínez, Herminio Montiel y Edgar Lezcano, luego del juicio oral realizado el 8 de abril de 2026 en el Palacio de Justicia de Ciudad del Este.
De acuerdo con la investigación, el crimen ocurrió en la tarde del 2 de octubre de 2024 en una vivienda ubicada en el kilómetro 8, Fracción Willy, de Presidente Franco. Ese día, el ahora condenado trasladó a la víctima hasta el inmueble a bordo de un automóvil Toyota Carina.
Las imágenes de circuito cerrado registraron el ingreso del vehículo a las 18:26 y su salida a las 19:52. Durante ese lapso, y después de las 19:20, Ovelar Bogado atacó a la mujer con un arma punzocortante, provocándole múltiples heridas en la cabeza, el tórax y los brazos. La autopsia determinó que la víctima sufrió 37 lesiones y estableció como causa de muerte un shock hipovolémico provocado por heridas en el cráneo y el tórax.
El cuerpo de Carolina Benítez Vallejos fue hallado al día siguiente por su hermano, luego de que el empleador de la víctima alertara sobre su ausencia laboral. El análisis de las cámaras de seguridad permitió confirmar que el acusado permaneció en el lugar durante el horario del crimen y que ninguna otra persona ingresó a la vivienda.
La investigación también reveló que el último contacto de la víctima ocurrió a las 19:19, cuando envió un video a un familiar mientras el procesado aún se encontraba en la casa. Posteriormente desaparecieron un teléfono celular corporativo, un celular personal, una tablet, el control remoto del portón eléctrico y una mochila con dinero.
Asimismo, la Fiscalía acreditó que el 4 de octubre de 2024 el condenado llevó el teléfono celular y la tablet de la víctima a un técnico para borrar la información almacenada mediante un procedimiento de flasheo, con el objetivo de vender ambos dispositivos.
Durante el juicio oral, el Ministerio Público presentó pruebas documentales, testimoniales y periciales que demostraron la responsabilidad penal de Ovelar Bogado. Además, expuso informes de Salud Mental del Ministerio Público que concluyeron que el acusado presenta rasgos compatibles con psicopatía, motivo por el cual solicitó una condena de 28 años de prisión y siete años de medida de seguridad.
La Fiscalía también probó que el hombre mantenía antecedentes de violencia psicológica, amenazas y hostigamiento contra su expareja. Finalmente, el Tribunal de Sentencia impuso una pena de 28 años de cárcel y cinco años de medida de seguridad, decisión que ahora quedó firme tras ser confirmada por la Cámara de Apelaciones.
Fuente: Ministerio Público / CDE Hot























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