El Tribunal Colegiado de Sentencia Especializado en Crimen Organizado N.º 2 resolvió mantener a José Alberto Insfrán Galeano bajo el régimen de máxima seguridad en el Centro Penitenciario «Martín Mendoza», al rechazar un recurso de reposición presentado por su defensa, que solicitaba su traslado al Módulo 4 del mismo establecimiento.
La defensa fundamentó el pedido en un informe técnico criminológico que destacaba la buena conducta y la evolución institucional del procesado. Además, sostuvo que la resolución del 19 de junio, mediante la cual se denegó el traslado, carecía de sustento técnico, se basaba en conjeturas y vulneraba estándares internacionales de derechos humanos, en particular las Reglas Nelson Mandela.
Por su parte, el Ministerio Público, representado por el fiscal Deny Yoon Pak, solicitó que el recurso fuera declarado inadmisible, al considerar que la defensa no acreditó un agravio irreparable ni una irregularidad procesal que justificara la modificación de la medida.
Al analizar el planteamiento, el Tribunal concluyó que la permanencia de Insfrán Galeano en el régimen de máxima seguridad responde a criterios objetivos de prevención de riesgos institucionales.
Los magistrados señalaron que el procesado está vinculado a una causa de alta complejidad relacionada con una estructura criminal transnacional y advirtieron que un eventual traslado podría poner en riesgo su integridad física ante posibles disputas de poder dentro de la población penitenciaria.
Asimismo, el colegiado resaltó que el Centro Penitenciario «Martín Mendoza» registró un importante incremento en su población tras el traslado de más de 700 internos provenientes de la ex Penitenciaría Nacional de Tacumbú, circunstancia que, según indicó, obliga a reforzar las medidas de seguridad.
Si bien rechazó el recurso de reposición, el Tribunal concedió la apelación en subsidio presentada por la defensa, por lo que el expediente será remitido al Tribunal de Apelaciones en lo Penal, que deberá revisar la decisión adoptada.























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