El Tribunal de Apelación Penal Especializado en Delitos Económicos, Segunda Sala, dejó firme la continuidad del juez Penal de Garantías Humberto Otazú en el expediente caratulado «Ramón Milciades Jiménez Gaona Arellano y otros s/ Lesión de Confianza». La resolución se dio a conocer este viernes, rechazando la recusación planteada por el exministro Arnoldo Wiens bajo el patrocinio del abogado Sergio Coscia Nogués.
La defensa de Wiens había solicitado apartar al magistrado invocando el artículo 50, inciso 13 del Código Procesal Penal, argumentando una supuesta duda razonable sobre la imparcialidad del juzgado. Según el escrito recusatorio, el juez dio trámite a la acusación presentada por el Ministerio Público el 11 de agosto de 2026 mientras aún se encontraba pendiente de resolución una excepción de extinción de la acción penal promovida por la representación legal del imputado.
Al contestar el traslado, el juez Humberto Otazú remitió su informe rechazando de manera categórica las afirmaciones. El magistrado aclaró que la acusación fiscal fue simplemente tenida por recibida y puesta a disposición de las partes por providencia del 13 de agosto, posponiéndose intencionalmente la fijación de la audiencia preliminar. Asimismo, precisó que la excepción de extinción por prescripción planteada por la defensa fue resuelta en tiempo y forma el 14 de agosto de 2026 mediante el A.I. N° 264, velando en todo momento por las garantías del debido proceso.
Al evaluar el incidente, los camaristas José Waldir Servín Bernal, Paublino Escobar Garay y Mario Camilo Torres Leguizamón concluyeron que no se verificaron comportamientos o elementos objetivos que afectaran la independencia del juzgador. En su análisis, el colegiado señaló que los argumentos esgrimidos pretendían utilizar el instituto procesal con un fin puramente dilatorio, por lo que resolvieron ratificar al juez Otazú para proseguir con el desarrollo de la causa intermedia.























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