El Juzgado Penal de Garantías N.º 2 de la circunscripción judicial de Fernando de la Mora resolvió elevar a juicio oral y público la causa penal abierta para investigar la comisión de un supuesto hecho punible de abuso sexual en niños. La decisión judicial fue formalizada al concluir la audiencia preliminar, instancia en la que la magistratura analizó formalmente la acusación presentada por el Ministerio Público frente a los incidentes planteados por la representación técnica del procesado.
Conforme con los antecedentes expuestos en el escrito acusatorio del Ministerio Público, las agresiones investigadas habrían acontecido de manera sistemática a lo largo de varios años, puntualmente entre los 3 y los 10 años de edad de la víctima. La representación fiscal fundamentó su requerimiento en un conjunto de evidencias colectadas durante la etapa preparatoria del proceso, las cuales sustentan la sospecha de responsabilidad del imputado.
Entre los elementos de convicción admitidos por la magistratura para el juicio se destaca el testimonio del menor prestado bajo la modalidad de Cámara Gesell, procedimiento desarrollado bajo estrictas reglas de contención psicológica. Asimismo, el expediente incorpora informes de evaluación psiquiátrica y psicológica, junto con testimonios de profesionales de la salud, docentes y allegados que intervinieron durante las etapas iniciales de la contención del menor afectado.
Durante el desarrollo de la jornada procesal, la defensa técnica del procesado planteó la nulidad del requerimiento acusatorio y solicitó la exclusión de ciertos informes psicológicos e intervenciones técnicas. Sin embargo, el juzgado rechazó de manera categórica los incidentes de la defensa, argumentando que la acusación reúne de forma cabal los requisitos formales y sustanciales, disponiendo que las observaciones metodológicas sobre las entrevistas deberán ser objeto de debate directo ante el Tribunal de Sentencia.
En la misma resolución, la magistratura analizó la situación cautelar del encausado y dispuso la continuidad del régimen de medidas alternativas a la prisión preventiva. De este modo, el procesado mantendrá la medida de arresto domiciliario bajo estricto control policial, complementada con la prohibición expresa de acercamiento o comunicación por cualquier medio con el niño y con la madre de este.
Adicionalmente, el juzgado mantuvo las cauciones reales trabadas sobre bienes inmuebles como resguardo patrimonial para garantizar la sujeción del imputado a las directivas del Poder Judicial. Con la remisión del expediente, la causa queda a la espera de la designación del Tribunal de Sentencia que tendrá a su cargo la fijación de la fecha para el inicio del juicio oral.






















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