El presidente de la República Santiago Peña, promulgó la ley que modifica el código penal paraguayo y lleva hasta 10 años la pena privativa de libertad a los que roban la energía eléctrica. Era una de las dos propuestas recientemente enviada por el Ejecutivo al Congreso que lo aprobó y ni bien llegó a la Presidencia, Peña procedió a la promulgación.
La conducta de sustracción de energía eléctrica anteriormente era castigada con hasta tres años de prisión o multa, ahora será castigada con multas y desde tres a 10 años de cárcel. No sólo va para los empresarios de la criptominería, sino para todos lo que se «cuelgan» ilegalmente del tendido eléctrico.
El Ing. Félix Sosa, presidente de la ANDE, en conferencia de prensa, explicó que la promulgación modifica el Art.173 del Código Penal y dispone la incautación y comiso de los bienes asociados a dicho hecho punible.
Resaltó que es «una herramienta legal para poder enfrentar las empresas ilegales».
«Los robos de energía para uso domiciliario contemplan la pena de hasta 3 años. Para todas las instalaciones de media tensión, es decir, que tenga su propio transformador, la pena privativa de libertad es de hasta 10 años de cárcel y también de todas las actividades para criptominería, independientemente de qué nivel de tensión se instale», explicó el titular de la ANDE.