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viernes, octubre 4, 2024
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Asunción: extienden plazo de exoneración de multas y recargos para ponerse al día con tributos atrasados

La Municipalidad de Asunción informa que el período de exoneración total de multas, recargos y demás agregados, para ponerse al día con los tributos atrasados, fue extendido hasta el 30 de septiembre del corriente año.

Por eso se insta a los contribuyentes morosos a aprovechar este período de gracia, a través del cual pueden abonar sus deudas tributarias sin multas ni recargos financieros, intereses moratorios, intereses punitorios y demás agregados de los impuestos, tasas, cánones y contribuciones especiales.

La Intendencia Municipal tomó esta determinación, basada en la Ordenanza General de Tributos N° 107/2023, que, en su Artículo 40.1.1 autoriza a establecer e implementar planes de exoneración de multas y recargos financieros, tendientes a incentivar el pago de los tributos, cánones y aranceles que se encuentran en mora.

Además, se tuvo en cuenta la muestra de interés de los contribuyentes en regularizar su situación tributaria, demostrada durante el periodo de vigencia del Agosto Off.

En tal sentido, se establece la exoneración del 100% del pago de multas, recargos financieros, intereses moratorios, intereses punitorios y demás agregados de los impuestos, tasas cánones y contribuciones especiales, por pago al contado, cuotas vencidas y a vencer, correspondientes a todos los planes de fraccionamientos, incluyendo el año vigente.

Además, se determinó la exoneración del 100% del pago de recargos para aquellos contribuyentes que deseen realizar un plan de pago, con una entrega del 10% y el saldo en 5 cuotas, sin intereses de financiación.

Se definió también que aquellos contribuyentes que ya posean planes fraccionados, podrán acogerse al beneficio señalado más arriba, una vez realizada la cancelación total de su fraccionamiento anterior.

Se hallan incluidas, además, entre las exoneraciones vigentes hasta fin de mes, las multas contravencionales por no presentación y presentación tardía de balances.

También están exoneradas las multas contravencionales por presentación tardía de pedido de permiso para espectáculos públicos y multa por falta de permiso para la realización de espectáculos públicos.

Cabe aclarar que no están incluidas en esta exoneración, la comisión por gestión de cobro judicial o extrajudicial, las multas de tránsito, multas contravencionales de impuesto a la construcción y otras infracciones a normas de carácter regulatorio.

Fuente: Municipalidad de Asunción

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