El Tribunal de Apelaciones en lo Penal, Especializado en Delitos Económicos, Crimen Organizado y Corrupción, resolvió rechazar un nuevo intento de la defensa del exintendente de Ciudad del Este, Miguel Prieto, orientado a dilatar el proceso penal que afronta por la supuesta comisión del hecho punible de apropiación, por un monto que supera los 5.500 jornales mínimos.
Mediante el Auto Interlocutorio N.º 146, dictado este martes, la magistratura destrabó la causa y ordenó remitir el expediente de vuelta al Juzgado Penal de Garantías para que la investigación prosiga su curso ordinario.
La jugada de la defensa de Prieto consistió en interponer un «recurso de apelación general», resolución en la cual este mismo Tribunal de Apelaciones ya había rechazado apartar (recusar) al juez Humberto Otazú. Con este nuevo planteamiento, el abogado defensor pretendía que la Corte Suprema de Justicia revisara y revocara dicha confirmación para insistir en la salida del magistrado de primera instancia. Sin embargo, por una mayoría conformada por las camaristas Claudia Criscioni (preopinante) y Silvana Luraghi, el Tribunal resolvió no dar trámite al recurso, fundamentando de forma técnica que —según el artículo 39 inciso 3 del Código Procesal Penal— lo resuelto por una Cámara de Apelaciones sobre un juez de garantías es estrictamente irrecurrible, cerrando así la discusión sobre la competencia en esta etapa.
El fallo judicial contó con el voto parcialmente disidente del magistrado Gustavo Amarilla. Si bien el camarista coincidió en que la postura de la defensa carecía de viabilidad legal, argumentó que por una cuestión de coherencia con criterios personales previos prefería sustanciar el recurso y elevarlo directamente a la Corte Suprema de Justicia, para que fuera la máxima instancia de la República la que estampara el rechazo definitivo y sentara una jurisprudencia aún más sólida para el futuro.
Por otra parte, el Tribunal resolvió por unanimidad dar trámite a la apelación relacionada con la convocatoria a una audiencia disciplinaria para el abogado de Miguel Prieto, ante sospechas de un presunto abuso del derecho o conductas dilatorias en el ejercicio de la representación legal.
Esta arista específica del expediente fue remitida formalmente a la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia para su análisis. Las camaristas aclararon en la parte resolutiva que la evaluación de una eventual sanción disciplinaria al profesional de las leyes corre por cuerda separada y bajo ningún concepto interrumpe o frena la marcha de la causa principal, por lo que el juez Humberto Otazú recuperó de forma inmediata el control total del proceso para fijar las próximas audiencias.





















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