El juicio oral y público por el feminicidio de la joven María Fernanda Benítez, de 17 años de edad, ingresó en su etapa decisiva tras la exposición de alegatos finales por parte de los agentes fiscales Fermín Segovia y Noelia Montanía ante el Tribunal de Sentencia a cargo del juzgamiento. Durante la jornada celebrada en la sede judicial, la representación del Ministerio Público desglosó el grado de responsabilidad atribuido a cada uno de los acusados en el esquema que derivó en la muerte de la menor y en las acciones posteriores destinadas a entorpecer las indagatorias oficiales en la ciudad de Coronel Oviedo.
Para la procesada Mikhaela Rolón Melgarejo, la Fiscalía solicitó la pena máxima prevista dentro de su calificación de 10 años de privación de libertad, al considerarla instigadora directa del hecho en concurso con asociación criminal y omisión de aviso. El fiscal Fermín Segovia expuso pericias técnicas y mensajes de dispositivos electrónicos que acreditan que la acusada proporcionó alternativas y mecanismos al adolescente B. S. para ejecutar el crimen tras confirmarse el embarazo de la víctima. Asimismo, el Ministerio Público requirió 10 años de prisión para Ricardo Villamayor, imputado por frustración de la persecución penal y ocultamiento de evidencias, al determinarse que prestó apoyo logístico al principal sospechoso y omitió alertar a las autoridades sobre el paradero de la víctima.
En relación con el núcleo familiar del menor acusado —quien enfrenta un juzgamiento bajo las normas del código de la niñez con un tope penal de 8 años debido a su edad al momento del suceso—, los agentes fiscales solicitaron una condena de 4 años y medio de cárcel para sus padres, Armando Silva y Karent Villar. La acusación formulada contra ambos progenitores contempla los tipos penales de exposición al peligro, simulación de hecho punible y frustración de la persecución penal. Por su parte, para Franco Antonio Acosta, propietario de una farmacia local, el Ministerio Público requirió 4 años de prisión por complicidad en tentativa de aborto y frustración, al corroborarse el suministro irregular de fármacos controlados y la posterior alteración del sistema de grabación del circuito cerrado del establecimiento antes del allanamiento policial.
Durante la argumentación final, los representantes de la Fiscalía sostuvieron la validez de los elementos probatorios producidos a lo largo del debate, incluyendo pericias forenses sobre el cuerpo de la víctima, informes de la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria y extracciones digitales avaladas por peritos independientes. El Ministerio Público concluyó que la suma de testimonios y evidencias científicas permite tener por acreditada la conducta dolosa de los acusados, por lo que solicitó al Tribunal de Sentencia la aplicación de las sanciones requeridas, junto con el pago de las costas del proceso y las responsabilidades civiles correspondientes.





















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