En medio de la incertidumbre que atraviesan los trabajadores de las empresas vinculadas a Ueno Bank y al Grupo Vázquez, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS) salió a aclarar que la suspensión de contratos laborales no puede aplicarse de manera automática ni por decisión unilateral de los empleadores.
La cartera estatal señaló que, de acuerdo con el Código del Trabajo y las disposiciones vigentes, las empresas que pretendan suspender contratos por razones económicas, operativas o de fuerza mayor deben someterse a un procedimiento administrativo y contar con la aprobación de la Autoridad Administrativa del Trabajo.
En ese sentido, el Ministerio enfatizó que comunicar la medida a los trabajadores o presentar una solicitud ante la institución no significa que la suspensión esté autorizada. Para obtener el aval correspondiente, las empresas deben demostrar y documentar las causas que justifican la medida, además de cumplir con todos los requisitos legales.
Por otra parte, el MTESS recordó que la suspensión del contrato no representa el fin de la relación laboral ni implica la pérdida de los derechos de los trabajadores.
Finalmente, la institución instó a los empleadores a actuar con responsabilidad y proporcionar información clara sobre la situación de sus funcionarios. También aseguró que continuará siguiendo de cerca el caso de las empresas involucradas para garantizar el cumplimiento de las normas laborales y resguardar los derechos de los trabajadores.
Fuente: Ministerio de Trabajo






















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