La Cámara de Diputados aprobó este martes con media sanción el proyecto de ley “Que modifica y amplía el artículo 289 de la Ley N.° 1160/97 – Código Penal Paraguayo”. La propuesta legislativa tiene como objetivo central el fortalecimiento del marco jurídico vigente en materia de denuncias falsas y el establecimiento de castigos más severos.
El documento, tras recibir el visto bueno del pleno de la Cámara Baja durante la sesión ordinaria, fue remitido de manera oficial a la Cámara de Senadores para su correspondiente estudio y consideración.
El eje fundamental de la reforma radica en la incorporación de un nuevo agravante dentro de la legislación penal, específicamente diseñado para los casos en que una acusación fraudulenta derive en consecuencias graves para el afectado. En ese sentido, el proyecto añade un inciso 4.º al artículo 289 del Código Penal, estipulando de manera taxativa que cuando la denuncia falsa haya provocado la aplicación de una medida restrictiva de libertad contra el denunciado dentro de un proceso judicial, la pena privativa de libertad será de hasta seis años, contemplándose además la exigencia de una compensación económica.
El principal impulsor de la iniciativa, el diputado Yamil Esgaib (ANR), defendió la propuesta ante el pleno y argumentó que el texto fue ampliamente analizado y dictaminado de forma favorable por las distintas comisiones asesoras de la institución.
El legislador colorado fundamentó la urgencia de la normativa señalando que este tipo de maniobras jurídicas malintencionadas se registran con una preocupante frecuencia tanto a nivel local como internacional, por lo que consideró imperioso dotar al Estado de mecanismos de control más eficientes y condiciones de castigo mucho más rigurosas para desalentar la comisión de este delito.





















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