La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia confirmó la prescripción de la acción penal y el sobreseimiento definitivo del exintendente de Mbocayaty del Yhaguy (Cordillera), Luis César González Cantero (PLRA), procesado por el presunto hecho punible de lesión de confianza en una causa que investigaba un supuesto perjuicio patrimonial de G. 299.498.077.
Con esta decisión, el máximo tribunal rechazó los recursos extraordinarios de casación promovidos por el Ministerio Público y la Querella Adhesiva, ratificando la resolución del Tribunal de Apelación Multifuero de Cordillera que declaró extinguida la acción penal por prescripción.
La investigación se inició en 2016 por supuestas irregularidades en la administración de recursos públicos durante la gestión de González Cantero al frente de la Municipalidad de Mbocayaty del Yhaguy. Sin embargo, tras el juicio oral y público, el exjefe comunal fue absuelto en enero de 2025.
Posteriormente, el Tribunal de Apelación declaró de oficio la prescripción de la causa al concluir que había transcurrido el plazo máximo previsto por la ley para el dictamiento de una sentencia definitiva.
La Fiscalía y la querella recurrieron esa decisión ante la Corte Suprema, alegando errores en el cómputo de los plazos y sosteniendo que las múltiples suspensiones e interrupciones del proceso debían ser consideradas para evitar la prescripción.
Mayoría confirmó la prescripción
La decisión de la Sala Penal fue adoptada por mayoría.
Los ministros María Carolina Llanes y Luis María Benítez Riera consideraron que el plazo de prescripción aplicable al delito de lesión de confianza era de cinco años y que, al computarse el plazo máximo previsto por la legislación penal, la acción quedó definitivamente extinguida.
La mayoría concluyó que el término máximo se cumplió 12 años después de la finalización de la conducta investigada, ocurrida el 3 de diciembre de 2013, y descartó que diversos recursos promovidos durante el proceso constituyeran obstáculos jurídicos suficientes para impedir el avance de la prescripción.
En disidencia, el ministro Manuel Ramírez Candia sostuvo que debían descontarse más de 1.900 días correspondientes a períodos en los que el expediente permaneció suspendido por la tramitación de distintos recursos, por lo que, a su criterio, el plazo máximo aún no se encontraba cumplido. En consecuencia, votó por anular la resolución del Tribunal de Apelación.
Remiten antecedentes para investigar posibles responsabilidades
Además de confirmar la prescripción, la Sala Penal dispuso remitir copias de los antecedentes a la Dirección General de Auditoría de Gestión Jurisdiccional, al Consejo de Superintendencia y al Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM).
El objetivo es que dichos organismos evalúen una eventual responsabilidad disciplinaria de jueces, agentes fiscales y abogados intervinientes, atendiendo a las prolongadas dilaciones procesales que impidieron una resolución definitiva sobre el fondo de la causa dentro de los plazos legales.























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