El Tribunal de Apelaciones en lo Penal Especializado en Delitos Económicos y Crimen Organizado, Primera Sala, declaró inadmisible el recurso de apelación especial presentado por Edwin López Cattebecke, exdirector General de Administración y Finanzas de la Municipalidad de Asunción.
Con esta decisión, queda firme la condena de dos años de prisión, con suspensión a prueba de la ejecución de la pena, que le fue impuesta por su participación en un esquema relacionado con la compra irregular de productos de limpieza durante la pandemia de COVID-19.
La resolución consta en el Acuerdo y Sentencia N.º 4, de fecha 25 de agosto de 2026, firmado por los magistrados Paublino Escobar Garay, como preopinante, Silvana Luraghi y Mario Camilo Torres Leguizamón.
El tribunal rechazó así la pretensión de la defensa de anular la condena dictada previamente mediante un procedimiento abreviado.
Compras de insumos durante la pandemia
La causa se originó a partir de compras realizadas durante la emergencia sanitaria de 2020 y 2021. Según la investigación del Ministerio Público, la Municipalidad de Asunción realizó procedimientos de contratación para adquirir productos de limpieza importados de Francia que finalmente no habrían ingresado a los depósitos municipales.
Pese a ello, López Cattebecke habría firmado certificados de disponibilidad presupuestaria y solicitudes de transferencia bancaria al Banco GNB para autorizar pagos correspondientes al Contrato N.º 6/2021.
El exfuncionario fue procesado por lesión de confianza, en calidad de cómplice, y asociación criminal, en calidad de autor.
Posteriormente, optó por someterse voluntariamente a un procedimiento abreviado. El 28 de noviembre de 2025, el juez Penal de Garantías Rodrigo Estigarribia dictó la Sentencia Definitiva N.º 48, mediante la cual lo condenó a dos años de pena privativa de libertad, con suspensión a prueba de la ejecución.
Tribunal descarta falta de consentimiento
Tras la condena, un nuevo abogado defensor presentó un recurso de apelación con el argumento de que López Cattebecke no habría comprendido los alcances del procedimiento abreviado al momento de aceptar la condena.
Sin embargo, el Tribunal de Apelaciones concluyó que no existían elementos que demostraran que el acusado hubiera actuado bajo error, coacción o engaño.
Los magistrados señalaron que en las actas consta que López Cattebecke aceptó de manera expresa y voluntaria los hechos atribuidos, la calificación jurídica y la sanción propuesta, con asistencia de su anterior defensa y durante una audiencia pública.
El tribunal consideró que el planteamiento posterior constituía una disconformidad con una decisión que había sido aceptada previamente, sin una fundamentación suficiente que justificara la revisión de la sentencia.
En consecuencia, declaró inadmisible el recurso de apelación especial e impuso las costas procesales al recurrente, conforme al artículo 261 del Código Procesal Penal.
Cronología
- 6 de julio de 2021: Edwin López Cattebecke es designado director General de Administración y Finanzas de la Municipalidad de Asunción.
- Agosto-septiembre de 2021: Se suscriben certificados y solicitudes de transferencia para el pago de insumos que, según la investigación, no fueron entregados.
- 28 de noviembre de 2025: Es condenado mediante procedimiento abreviado a dos años de prisión con suspensión a prueba.
- 5 de diciembre de 2025: Su nueva defensa presenta el recurso de apelación.
- 25 de agosto de 2026: El Tribunal de Apelaciones declara inadmisible el recurso y deja firme la condena.






















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