El Juzgado Penal de Garantías N° 4, a cargo del magistrado Yoan Paul López, resolvió el sobreseimiento definitivo de Edgar Alberto Melgarejo Ginard y otros cuatro procesados en la causa conocida como «lesión de confianza», vinculada a la compra de insumos médicos durante la emergencia sanitaria por la pandemia. Fue una de las primeras causas de corrupción pública que se registró durante la pandemia de la COVID-19, en el año 2020.
La decisión judicial, fechada el 12 de mayo de 2026, pone fin de manera irrevocable al proceso, tras la confirmación de una resolución previa del Tribunal de Apelación en lo Penal que anuló la acusación presentada por el Ministerio Público.
El tribunal de alzada había determinado el 14 de junio de 2024 que la Fiscalía vulneró el derecho a la defensa al modificar sustancialmente la base fáctica entre la imputación inicial y la acusación final. Esta variación, según el fallo, impidió a los acusados ejercer plenamente su defensa.
En la etapa inicial de la causa, el Ministerio Público había cuestionado la compra de mascarillas a precios superiores a los del mercado, con un supuesto perjuicio patrimonial estimado en Gs. 59.960.000. Sin embargo, en su acusación posterior, el caso fue reorientado hacia el pago de Gs. 119.960.000 por productos presuntamente vencidos, lo que duplicó el monto del daño atribuido.
Ante estas inconsistencias, la acusación fue declarada nula, decisión que quedó firme luego de que la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia rechazara en noviembre de 2025 un recurso de casación presentado por el Ministerio Público.
Con la firmeza de las resoluciones judiciales, el juzgado concluyó que no era posible retrotraer el proceso ni iniciar una nueva acusación sobre los mismos hechos, por lo que dispuso el sobreseimiento definitivo de todos los procesados.
Además de Melgarejo, también fueron beneficiados con la resolución Juan Carlos Turitich Báez, Marcelo Rubén Ovelar González, Fernando José Gallardo de Brix y Luz María Chamorro Báez.
La resolución también ordena el levantamiento inmediato de todas las medidas cautelares y establece que la causa no afecta el buen nombre y la reputación de los involucrados, quedando prohibida cualquier nueva persecución penal por los mismos hechos.





















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