La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, compuesta por los ministros Eugenio Jiménez Rolón, César Antonio Garay y María Carolina Llanes, declaró inadmisible el recurso extraordinario de casación interpuesto en la causa caratulada como «Carlos Dionisio Heisele Sosa y otros s/ Lesión de Confianza». Con esta determinación, queda firme la prescripción del hecho punible y el consecuente sobreseimiento definitivo de los procesados, debido a que la impugnación fue presentada fuera del plazo legal establecido.
El recurso fue impulsado por el agente fiscal Francisco Cabrera, dictado el 8 de abril de 2025, el cual ya había declarado la prescripción a favor de los imputados. Sin embargo, la máxima instancia judicial constató que, aunque el Ministerio Público fue notificado de los fallos de apelación en la fecha mencionada, la casación se presentó recién el 27 de mayo de 2025. El Código Procesal Penal estipula un plazo perentorio de diez días hábiles tras la notificación para este tipo de trámites.
En su argumentación, los ministros rechazaron las justificaciones relativas a movidas administrativas o reasignaciones internas de fiscales. La Sala Penal recordó que el Ministerio Público es único e indivisible, por lo que los cambios de agentes no interrumpen ni suspenden los plazos procesales vigentes. Según el fallo, la notificación realizada al agente fiscal inicial activó el deber funcional de recurrir en tiempo y forma, sin que una reorganización de funciones sirva como eximente.
La Corte calificó la actuación de la fiscalía como una omisión sustancial y negligencia grave que lesiona la función institucional de la entidad como garante del interés público. Los magistrados señalaron que el pedido de desvinculación de la causa se presentó casi un mes después de la notificación, cuando los plazos ya estaban ampliamente vencidos. Ante este «llamativo retardo» e inacción, el tribunal consideró que se produjo una desnaturalización de la justicia con consecuencias irreversibles.
Debido a estos hechos, se ordenó la remisión de los antecedentes al Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) y a la Inspectoría General del Ministerio Público para evaluar la responsabilidad disciplinaria del fiscal interviniente. Asimismo, se dio intervención a la Dirección General de Auditoría de Gestión Jurisdiccional para escudriñar la actuación de los jueces de primera y segunda instancia en busca de dilaciones indebidas. También se notificó al Consejo de Superintendencia de la Corte.
Con la confirmación de la prescripción, se ratifica de manera definitiva el sobreseimiento de Carlos Heisele, quien fuera titular de la ANDE, junto a Mónica Beatriz Rodríguez Rolón y Jacinto Bernal Ovelar.





















Discussion about this post