La directora de la Consejería Municipal por los Derechos del Niño, la Niña y el Adolescente (CODENI) de Lambaré, Graciela Figueredo, brindó detalles sobre la intervención institucional previa al trágico desenlace. Afirmó que el menor fue apartado de su madre debido a severas crisis psiquiátricas e ideaciones suicidas, quedando bajo la guarda de su familia ampliada
Explicó que su intervención no se dio a raíz de la denuncia de abuso sexual, sino dos días después, a causa de un violento episodio de crisis que puso en riesgo la vida del menor el pasado 10 de diciembre de 2024.
«Ella se subió al techo del inquilinato donde vivía, amenazando con tirarse junto con la criatura. Intervino la Comisaría 4ª. Luego, en un descuido, corrió e intentó arrojarse frente a un colectivo», relató Figueredo, describiendo la gravedad de la situación que motivó activar el protocolo de emergencia junto con la Fiscalía y la Defensoría Pública.
«No digas mentiras, mamá»
Durante el procedimiento en la sede policial, la mujer manifestó una fuerte resistencia hacia un agente policial, acusándolo de haber abusado de su hijo. Sin embargo, según el testimonio de la directora, el propio niño desmintió la acusación en ese momento diciendo: «No digas mentiras, mamá». Tras esto, la mujer sufrió un nuevo brote e intentó autolesionarse en la comisaría.
Figueredo, quien intervino fuera de su horario laboral para mediar en la situación, fue tajante respecto a las medidas de protección inmediatas: «Yo negocié con ella porque quería obtener datos de su familia ampliada. Dije que, bajo ninguna circunstancia, iba a dejar a ese niño con la madre».
Internación y guarda institucional
Como resultado de la intervención, la CODENI dispuso el traslado de la mujer al Hospital Psiquiátrico, donde quedó internada bajo un cuadro de psicosis y al cuidado de su hermano. Por su parte, el niño fue entregado formalmente a sus tíos mediante una guarda provisoria. «La ideación de la madre en ese momento era suicida. Les advertí a los tíos de la situación y firmaron los documentos donde asumían la responsabilidad y el cuidado del menor», enfatizó la funcionaria.
El caso fue debidamente comunicado a la defensora interviniente, la Dra. Lorena López. Según los protocolos legales, una vez judicializada la causa, el menor no podía regresar con su madre biológica a menos que existiera una orden judicial de revinculación respaldada por un alta médica del neuropsiquiátrico.
Deslinde de responsabilidades y falta de seguimiento
La directora de la CODENI aclaró que, una vez que la causa entra en el ámbito judicial, la institución municipal pierde la potestad de intervenir de oficio, salvo que el juzgado o la defensoría soliciten un seguimiento periódico.
Asimismo, apuntó a una falta de control en el cambio de domicilio del menor, señalando que el niño debía estar residiendo en la ciudad de Ñemby con sus tutores. «Si el debido proceso se hubiese cumplido, se debió comisionar a la CODENI de Ñemby para el monitoreo», cuestionó.
Finalmente, Figueredo expresó su consternación ante la tragedia: «Siento una profunda tristeza, como mamá me duele mucho porque tengo un niño de esa misma edad. No estaba en mis manos proteger a la señora, pero sí al niño. Su salud mental estaba muy dañada y, por lo visto, no encontró contención en su entorno».
La funcionaria concluyó asegurando que la familia ampliada falló en su deber de protección al permitir que el menor regresara a Lambaré con la madre. «Si ellos sabían que el niño volvió, debieron informarlo por escrito. Si yo hubiese sabido que corría ese riesgo tan grande, no habría descansado en paz; yo vi a esa mamá en su crisis, estaba prácticamente enajenada», puntualizó.





















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