La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia dejó sin efecto la condena de 11 años de prisión impuesta a Adán Denis Núñez Irala y dispuso su sobreseimiento definitivo, al concluir que durante la tramitación de la causa se incurrió en graves irregularidades relacionadas con los plazos procesales.
La decisión fue adoptada de manera unánime mediante el Acuerdo y Sentencia N.º 386 D, que puso punto final a un proceso iniciado hace más de una década por un hecho de robo agravado con resultado de lesión grave. Los ministros determinaron que tanto el Ministerio Público como el Juzgado de Garantías actuaron fuera de los límites establecidos por el Código Procesal Penal al extender indebidamente el tiempo de investigación.
El caso llegó a la máxima instancia judicial tras un recurso extraordinario de casación promovido por la Defensoría Pública. La defensa sostuvo que la acción penal se encontraba extinguida debido a que, luego de un sobreseimiento provisional otorgado en 2015, la Fiscalía recibió una ampliación de plazo que no contaba con respaldo legal.
Al analizar el expediente, los ministros Manuel Ramírez Candia, María Carolina Llanes Ocampos y Luis María Benítez Riera concluyeron que la figura del sobreseimiento provisional no puede convertirse en una herramienta para mantener abierta una investigación de manera indefinida. Según el fallo, dicho mecanismo solo puede emplearse para completar diligencias ya iniciadas y no para reiniciar o prolongar el proceso sin fundamentos suficientes.
La Corte advirtió además que la extensión irregular de los plazos afectó garantías fundamentales del acusado, entre ellas el derecho a ser juzgado dentro de un tiempo razonable y el respeto al debido proceso. En ese sentido, calificó las actuaciones cuestionadas como una nulidad absoluta que contaminó todo el procedimiento posterior.
Como consecuencia, fueron anuladas tanto la sentencia condenatoria dictada en primera instancia como la resolución del tribunal de apelación que había ratificado la pena. Asimismo, se ordenó la inmediata desvinculación definitiva de Núñez Irala del proceso.
La Sala Penal también dispuso remitir antecedentes a la Fiscalía General del Estado para evaluar una eventual responsabilidad de los agentes fiscales que intervinieron en la causa. De igual manera, el expediente será analizado por el Departamento de Auditoría de Gestión Judicial con el objetivo de determinar cómo fueron administrados los plazos procesales durante la investigación.
























Discussion about this post