La resolución de la máxima autoridad de la Fiscalía se dictó para intervenir formalmente en la causa penal N.º 1-1-1-46-2026-3974, caratulada preliminarmente como «Personas innominadas sobre hecho punible a determinar». La medida institucional fue adoptada a partir del requerimiento remitido mediante el Memorando D.G.F. N.º 649 proveniente de la Dirección del Gabinete Fiscal, con el objetivo de optimizar la recolección de elementos probatorios sobre lo sucedido en el establecimiento penitenciario.
El grupo de trabajo designado quedó conformado por el agente fiscal Luis Fernando Chamorro Candia, titular de la Unidad Penal N.º 5 del Sector 1 de Asunción, y por la agente fiscal Sonia Sanguinés, representante de la Unidad Especializada de Hechos Punibles contra los Derechos Humanos N.º 2. Asimismo, la supervisión estratégica y la coordinación de las tareas investigativas estarán a cargo de la fiscal adjunta del Área II, la abogada Lourdes Samaniego.
La conformación del equipo especial se ampara en las atribuciones conferidas por el artículo 34 de la Ley N.º 1562/00 «Orgánica del Ministerio Público». Dicha normativa faculta expresamente al fiscal general a disponer la asignación conjunta de representantes fiscales para la atención de causas penales que requieran un abordaje técnico de alta complejidad, garantizando de esta forma la intervención de unidades ordinarias y especializadas de manera simultánea.
Con esta disposición administrativa, los agentes designados aunarán criterios para tomar las declaraciones testificales, analizar las pericias médicas del Hospital Nacional de Itauguá y evaluar las grabaciones del circuito cerrado remitidas por la autoridad penitenciaria. El equipo de trabajo asumirá de forma inmediata la prosecución de las diligencias para determinar la existencia o no de hechos punibles y deslindar responsabilidades en el marco del proceso penal.






















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