Las autoridades del Tribunal Superior de Justicia Electoral recuerdan la vigencia y las restricciones establecidas en el Código Electoral de cara a las Elecciones Municipales fijadas para este domingo 4 de octubre. El cuerpo reglamentario busca garantizar el normal desarrollo de la jornada comicial, el orden público y la seguridad ciudadana en los diversos distritos del país.
En cumplimiento del artículo 195 de la Ley 834/96, la prohibición comercial para el expendio de bebidas alcohólicas entrará en vigor de manera estricta a partir de las 19:00 horas del sábado 3 de octubre, 12 horas antes de la apertura de las mesas de votación. La normativa afecta a la totalidad de los comercios, incluyendo supermercados, hipermercados, tiendas de conveniencia de 24 horas, depósitos, bodegas, almacenes, bares, pubs y restaurantes. En el caso de los grandes comercios, sus góndolas o sectores de bebidas alcohólicas deberán permanecer cerrados o precintados durante todo el período de veda.
Con el objetivo de verificar la aplicación de la normativa, la Policía Nacional en conjunto con agentes fiscalizadores desplegarán patrullajes y controles aleatorios en las distintas ciudades. Las autoridades precisaron que aquellos comerciantes que incumplan la restricción se exponen a la aplicación de sanciones económicas que oscilan entre los 50 y 200 jornales mínimos. Asimismo, se aclaró que si bien el consumo privado en los hogares no está prohibido, la fuerza pública intervendrá en caso de registrarse disturbios, amotinamientos o ruidos molestos.
A la par de la denominada ley seca, el cronograma de veda dispone el cese de toda propaganda proselitista y actos de campaña a partir de las 00:00 horas del viernes 2 de octubre. Adicionalmente, queda prohibida la realización de espectáculos públicos, conciertos o eventos masivos durante toda la jornada del domingo y hasta dos horas después de concluidos los comicios.
Por último, el órgano electoral ratificó las garantías para el secreto del voto en los locales de votación. Se encuentra estrictamente prohibido el ingreso al cuarto oscuro con teléfonos celulares, cámaras fotográficas, filmadoras u otros dispositivos de transmisión de imágenes. Asimismo, se fija un perímetro de seguridad de 200 metros alrededor de los colegios electorales, zona dentro de la cual no se permitirá la portación de armas, la aglomeración de personas con fines de presión ni la instalación de mesas de consulta de partidos o movimientos políticos.






















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