La iniciativa legislativa plantea una reforma integral a la Ley N.º 6506/2020 para corregir la brecha existente entre la alta cantidad de juicios por incumplimiento del deber legal alimentario y la baja cifra de deudores efectivamente inscriptos en la plataforma. De acuerdo con el documento de respaldo, la morosidad alimentaria constituye una forma de violencia económica que afecta de forma directa el desarrollo de la niñez e impacta en las madres que asumen en soledad la crianza y el sostenimiento del hogar.
Entre las modificaciones centrales se destaca la integración telemática del REDAM al proceso judicial principal de alimentos. Una vez declarada la mora del deudor, el juzgado deberá ordenar su inscripción en un plazo máximo de 48 horas, o de manera automática en las dependencias que ya se encuentren digitalizadas. Además, la persona beneficiaria podrá solicitar la actualización o consulta de datos directamente en el expediente, evitando la apertura de incidentes separados y previniendo la violencia institucional o revictimización.
Asimismo, el proyecto amplía el alcance de las restricciones para quienes permanezcan en el registro. Se contempla exigir obligatoriamente el certificado de no adeudar pensión alimentaria para tramitar o renovar licencias de conducir, pasaportes, permisos de salida del país, operaciones notariales, contrataciones en la administración pública, concursos de oposición y postulaciones a cargos electivos. El texto también habilita la posibilidad de disponer la condena en costas procesales y la reparación de daños materiales y morales en casos de incumplimiento deliberado.
A fin de garantizar el control de las restricciones, la Corte Suprema de Justicia deberá articular mecanismos telemáticos de consulta en tiempo real con la Dirección Nacional de Migraciones, la Policía Nacional, el MITIC, la Agencia Nacional de Tránsito y Seguridad Vial y las municipalidades del país. A propuesta del diputado Benjamín Cantero y con el aval del pleno, la votación en particular del articulado fue postergada por el plazo de ocho días para aguardar los dictámenes finales de las comisiones asesoras.

























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