El Juzgado Penal de Garantías Número 12 de la Capital decidió mantener la prisión preventiva de Dalia López, rechazando la solicitud de revisión de medidas planteada por su defensa. La empresaria, procesada en el marco de la causa por documentos falsos que involucró a Ronaldinho Gaúcho, continuará recluida en el Complejo para Mujeres de Emboscada, luego de que el magistrado considerara que los argumentos presentados no fueron suficientes para anular el riesgo de fuga.
La defensa de López intentó conseguir el arresto domiciliario alegando un delicado estado de salud. Según los informes médicos presentados, la imputada sufre de hipertensión, diabetes mellitus tipo II y arritmia cardíaca, condiciones que se habrían agravado por la imposibilidad del centro penitenciario de proveerle una dieta adecuada. Los abogados argumentaron que el estrés del encierro aumentaba el riesgo de un accidente cerebrovascular y ofrecieron, además, una fianza millonaria consistente en cuatro inmuebles valuados en más de 1.6 millones de dólares, junto con la disposición de utilizar una tobillera electrónica.
Sin embargo, la Fiscalía se opuso tajantemente a su liberación, recordando que Dalia López permaneció prófuga de la justicia por más de seis años. El Ministerio Público enfatizó que su detención no fue un acto voluntario, sino el resultado de un operativo policial en una vivienda donde se encontraron rastros de una infraestructura diseñada para la clandestinidad, incluyendo grandes sumas de dinero en efectivo y teléfonos analógicos utilizados para evadir rastreos tecnológicos. Para los fiscales, estas circunstancias demuestran que el peligro de que vuelva a huir sigue totalmente vigente.
Al analizar el caso, el juez Francisco Acevedo determinó que las afecciones de salud, aunque crónicas, están siendo tratadas y no representan un riesgo vital inmediato que justifique la salida de prisión según las leyes vigentes. Asimismo, el juzgado detectó irregularidades en la documentación de las garantías ofrecidas, ya que no se pudo comprobar el estado legal de todas las propiedades.
Finalmente, al no contar con un estudio de factibilidad para el uso de la tobillera y ante la evidente conducta evasiva que la procesada mantuvo durante años, el juzgado concluyó que la prisión preventiva es la única medida idónea para asegurar que se someta al proceso judicial.
























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