La jueza especializada en Crimen Organizado Rosarito Montanía, decidió mantener la prisión preventiva de Gianina García Troche, procesada en el marco del Operativo A Ultranza Py. Con esta resolución, la acusada continuará recluida en el módulo de máxima seguridad del Centro Penitenciario para Mujeres de Embocada.
La mujer enfrenta cargos por presuntos hechos de lavado de dinero y asociación criminal, según la acusación presentada por el fiscal Deny Yoon Pak dentro de la causa que investiga una supuesta estructura de crimen organizado liderada por Miguel Ángel Insfrán Galeano y otros involucrados.
Durante la audiencia de revisión de medidas, la defensa solicitó que la prisión preventiva fuera reemplazada por arresto domiciliario, proponiendo además el uso de una tobillera electrónica. Los abogados argumentaron que García Troche cuenta con arraigo familiar en el país y presentaron un informe pericial caligráfico que, según sostienen, la desvincularía de una de las empresas investigadas. También ofrecieron garantías personales y un inmueble ubicado en Luque como respaldo para acceder a medidas menos gravosas.
No obstante, tanto el Ministerio Público como la magistrada consideraron insuficientes los argumentos expuestos. En su análisis, el Juzgado detectó que la propiedad ofrecida como caución ya se encuentra comprometida en otras tres causas penales, por lo que su valor resultaría insuficiente para garantizar el sometimiento de la acusada al proceso. Incluso se advirtió que la documentación presentada presentaba inconsistencias que impidieron validar electrónicamente algunos datos registrales.
Montanía también señaló que la audiencia de revisión de medidas no constituye la instancia adecuada para valorar elementos probatorios de fondo, como el peritaje caligráfico presentado por la defensa, cuestión que deberá debatirse durante las etapas posteriores del proceso.
En cuanto al riesgo de fuga, la jueza concluyó que persisten elementos que justifican la medida cautelar más severa. Entre ellos mencionó la escasa solidez del arraigo alegado por la defensa, considerando los frecuentes movimientos migratorios del entorno familiar de la acusada. Asimismo, observó que el contrato de alquiler presentado para fijar residencia incluía una cláusula que permitía su rescisión inmediata, situación que, a criterio del Juzgado, evidencia una condición habitacional inestable.
La resolución también destaca la elevada expectativa de pena que afronta la procesada y la complejidad de la estructura criminal investigada, factores que, según la magistrada, hacen insuficiente una medida como el arresto domiciliario para neutralizar los riesgos procesales.
Además del peligro de fuga, el Juzgado sostuvo que continúa vigente el riesgo de obstrucción de la investigación, por lo que consideró necesario garantizar la presencia de García Troche en la audiencia preliminar prevista para el 10 de agosto de 2026.
Fuente: Perla Silguero – periodista de judiciales, Radio 1000























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