La prohibición de las redes sociales para los menores de 15 años no podrá entrar en vigor en Francia tal como había sido aprobada. El Consejo Constitucional anuló el artículo central de la ley sancionada en julio al considerar que una restricción generalizada vulnera de manera excesiva la libertad de expresión y comunicación. Además, los magistrados cuestionaron que la norma ofreciera garantías suficientes para proteger la privacidad de los usuarios.
El fallo representa un revés para el presidente Emmanuel Macron, quien había colocado la protección de los menores en internet entre las prioridades de su agenda. El Parlamento había dado su aprobación definitiva a la iniciativa el 21 de julio y el Gobierno francés esperaba ponerla en marcha con el inicio del próximo ciclo escolar.
La decisión del tribunal, sin embargo, no llevó a Macron a abandonar su objetivo. Tras conocer el fallo, el presidente encargó al primer ministro, Sébastien Lecornu, la elaboración de un nuevo proyecto que pueda superar el control constitucional y, al mismo tiempo, ajustarse al derecho europeo. La intención del Ejecutivo es avanzar con una nueva regulación antes de la primavera de 2027.
En su resolución, el Consejo Constitucional no cuestionó la posibilidad de que el Estado francés limite el acceso de los menores a las redes sociales. Por el contrario, reconoció que la protección del «interés superior del niño» constituye un objetivo de carácter constitucional y puede justificar determinadas restricciones.
El problema, según los magistrados, radica en el alcance de la medida aprobada. La ley establecía una prohibición general para todos los menores de 15 años y abarcaba un amplio universo de servicios digitales, sin establecer diferencias suficientes entre las plataformas, los riesgos que presentan ni las situaciones particulares de cada usuario.
El tribunal puso así el foco en la necesidad de encontrar un equilibrio entre la protección de los menores y las libertades fundamentales. La libertad de expresión y comunicación, recordó, es una garantía esencial de una sociedad democrática, por lo que cualquier limitación debe estar debidamente justificada y guardar una relación proporcional con el objetivo que busca alcanzar.
Para el Consejo Constitucional, la prohibición absoluta no supera ese criterio. La norma, concluyeron los magistrados, imponía una restricción demasiado amplia al no distinguir de manera suficiente entre los distintos servicios digitales ni entre las circunstancias de los menores alcanzados por la medida.
El Gobierno francés deberá ahora reformular la iniciativa si pretende avanzar con su plan de limitar el acceso de los menores a las redes sociales sin entrar en conflicto con las garantías constitucionales y el marco jurídico europeo.
Fuente: EFE






















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