El Juzgado competente resolvió rechazar el incidente innominado de cambio de reclusión promovido por el abogado Osvaldo Arrúa, defensor de la acusada Gianina García Troche, quien solicitó la modificación de las condiciones de su actual prisión preventiva.
La defensa argumentó que la medida cautelar resulta excesiva, especialmente por encontrarse la procesada recluida en un régimen de máxima seguridad. Asimismo, sostuvo que los elementos que inicialmente justificaron la prisión preventiva habrían desaparecido, por lo que ya no existiría riesgo de obstrucción a la investigación. También señaló que García Troche es madre de cuatro hijos menores de edad y que necesita mantener un mayor contacto con ellos.
Por su parte, el agente fiscal Deny Yoon Pak solicitó el rechazo del planteamiento. El representante del Ministerio Público recordó que la situación procesal de la acusada ya fue analizada anteriormente por el Juzgado, que ratificó la prisión preventiva al considerar vigentes los riesgos procesales. Además, indicó que la defensa ya había promovido reclamos similares por otras vías, los cuales fueron desestimados, confirmándose que el establecimiento penitenciario donde se encuentra recluida reúne las condiciones necesarias para garantizar su seguridad.
Al fundamentar su decisión, el Juzgado señaló que la cuestión planteada ya fue objeto de análisis en instancias previas. Recordó que tanto el traslado como la permanencia de la acusada en un pabellón de máxima seguridad fueron confirmados anteriormente, e incluso un Tribunal de Alzada declaró inadmisible una apelación promovida por la defensa sobre el mismo tema.
Igualmente, destacó que la reclusión de García Troche en el pabellón de máxima seguridad del Complejo Penitenciario de Emboscada (COMPLE) responde a la presunta vinculación de la acusada con una estructura criminal transnacional de alta complejidad, lo que justifica la adopción de medidas especiales de seguridad.
La resolución también enfatiza que la permanencia en dicho régimen busca no solo prevenir riesgos institucionales, sino también proteger la vida e integridad física de la procesada, evitando posibles agresiones o situaciones derivadas de su contacto con la población penitenciaria común, susceptible de influencias del crimen organizado.
En consecuencia, el Juzgado resolvió no hacer lugar al incidente innominado de cambio de reclusión planteado a favor de Gianina García Troche, manteniendo vigentes las actuales condiciones de su prisión preventiva.
Fuente: redacción de Perla Silguero – periodista de judiciales – Radio 1000




















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