El Tribunal de Apelación Penal Especializado en Crimen Organizado, Segunda Sala, resolvió por unanimidad confirmar la sentencia dictada contra Walter Galindo Domínguez y otros implicados, en el marco del caso surgido del operativo «Mercat», desplegado en 2022 y que permitió desarticular una estructura dedicada al tráfico de drogas.
En su voto preopinante, el magistrado Arnulfo Arias sostuvo que el fallo del Tribunal de Sentencia se ajusta a derecho, al no evidenciarse errores, omisiones ni vicios que justifiquen su nulidad. Asimismo, destacó que quedó debidamente acreditada la participación de los acusados, con una valoración probatoria realizada conforme a las reglas de deliberación previstas en el artículo 396 del Código Procesal Penal, y en estricta observancia del artículo 125 del mismo cuerpo legal.
A esta posición se adhirieron los camaristas Paublino Escobar y Camilo Torres, consolidando así la decisión unánime de ratificar las condenas impuestas en primera instancia.
En consecuencia, se confirmó la pena de 19 años de prisión para Walter José Galindo Domínguez, quien cumplirá condena en la Penitenciaría Regional de Emboscada Antigua. También quedó firme la sentencia de 13 años para Luz Antonella Guerrero Quintana, quien será remitida al Complejo de Mujeres Privadas de Libertad de Emboscada.
Asimismo, el tribunal ratificó las penas de 12 años de cárcel para Gerardo Vidal Vallejos Soler y Fernando Rafael Silva Riveros; 11 años para Cristhian David Galeano Lugo; y 5 años para Fernando Adrián Ocampos Benítez, todos hallados responsables como autores de hechos vinculados al artículo 44 de la Ley 1340/88 y sus modificaciones, además del artículo 303 del Código Penal en el caso correspondiente.
En calidad de cómplices del esquema de comercialización de estupefacientes, también fueron confirmadas las condenas de Lucas Ezequiel Rodríguez Figueredo (12 años), Héctor David Rivas Cáceres (5), Marcos David Ortellado (5), Marcos Eduardo Ocampos Benítez (5), Fares Dan Ortiz De León (5), César Andrés Godoy (4) y Alberto Fernando Emmanuel Paniagua Musstto (4), con distintas unidades penitenciarias asignadas en Emboscada, Tacumbú y Concepción.
Finalmente, la resolución confirmó igualmente la condena de Pedro Santiago Godoy a 5 años de prisión por tenencia sin autorización de sustancias estupefacientes, conforme al artículo 27 de la Ley 1340/88; y la de Nayeli María Auxiliadora Ortiz Domínguez, sentenciada a 3 años de pena privativa de libertad por un hecho previsto en el artículo 196, inciso 2, numeral 2 del Código Penal, en el Complejo de Mujeres de Emboscada.
Fuente: Perla Silguero – periodista de Judiciales – Radio 1000






















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