El juicio oral y público contra el exministro de la Seprelad, Óscar Boidanich, concluyó con su total absolución de culpa y reproche. El Tribunal de Sentencia, conformado por los jueces Darío Báez, Gloria Hermosa y Natalia Cacavelos, dio a conocer su veredicto tras culminar la etapa de deliberación. La decisión de absolver a Boidanich se dio por el voto unánime de los tres magistrados que integraron el cuerpo colegiado del juicio.
La acusación que pesaba sobre el exministro de la previsional de lavado de dinero era por la supuesta comisión del hecho punible de frustración de la persecución y la ejecución penal. El Ministerio Público basó su caso en que Boidanich remitió al órgano de investigación penal un informe de inteligencia financiera relacionado con las actividades del cambista de divisas brasileño Darío Messer aproximadamente 10 meses después de haber sido elaborado formalmente en la institución.
Durante el debate del juicio oral, el agente fiscal anticorrupción de la causa sostuvo firmemente que Boidanich, en coautoría con otras funcionarias de la institución de control, no incurrió en una simple omisión de plazos o retraso involuntario. La tesis fiscal apuntaba a que los procesados desplegaron conductas positivas y coordinadas destinadas a ocultar la información relevante y a justificar de manera falsa esa demora temporal.
Según la Fiscalía, esta dilación de 10 meses impidió que el Ministerio Público iniciara a tiempo una causa penal en el país, poniendo en inminente peligro el secuestro y el eventual comiso de los millonarios bienes que Messer poseía en Paraguay como producto de actividades ilícitas ejecutadas en la República Federativa del Brasil. Ante esto, la representación fiscal había solicitado una condena de dos años y medio de pena privativa de libertad.
Sin embargo, tras analizar exhaustivamente el cúmulo de pruebas producidas a lo largo de las distintas audiencias, el Tribunal de Sentencia desestimó la tesis acusatoria del Ministerio Público por considerarla jurídicamente insuficiente. Al momento de argumentar la resolución de absolución total, el juez Darío Báez, quien presidió el tribunal de sentencia, fue contundente al manifestar que la Fiscalía no logró demostrar de manera fehaciente los presupuestos básicos de la tipicidad del hecho investigado. «No se probó el resultado típico ni el nexo causal», afirmó con firmeza el magistrado para fundamentar la decisión que libera de toda responsabilidad legal al extitular de la Seprelad.






















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