La Dirección de Comunicación de la Cámara de Diputados informó sobre la convocatoria oficial a una audiencia pública con el objetivo de analizar y debatir el proyecto de ley que busca establecer un nuevo y estricto marco regulatorio para la fabricación, importación, almacenamiento, comercialización, tenencia y utilización de artefactos pirotécnicos en el territorio nacional. El espacio de participación ciudadana fue anunciado por el proyectista del documento, el diputado José Rodríguez, quien detalló que el evento se llevará a cabo el próximo miércoles 29 de julio, en el horario de 08:00 a 12:00 horas, con el fin de escuchar los aportes de especialistas, autoridades de instituciones públicas, organizaciones de la sociedad civil y los sectores comerciales involucrados.
El principal fundamento de esta propuesta legislativa radica en que las normativas actuales resultan insuficientes para prevenir los graves accidentes ocasionados por el uso inadecuado de la pirotecnia. De acuerdo con los datos expuestos por el parlamentario, solo durante las festividades de fin de año se registra en el país un promedio de 60 personas atendidas de urgencia por lesiones vinculadas a explosivos, de las cuales cerca del 87% corresponde a menores de edad. A este factor humano se suma el elevado impacto económico para el sistema de salud pública, debido a que la atención médica integral de cada paciente —que incluye cirugías complejas, internación prolongada y posterior rehabilitación— demanda una inversión estatal de entre 400 millones y 500 millones de guaraníes.
La propuesta legislativa fue denominada de manera informal como “Ley Canela”, un nombre adoptado a partir de un caso de maltrato e irresponsabilidad que generó una profunda conmoción social y puso en el centro del debate el impacto negativo de los estruendos sobre los animales, además de los riesgos para las personas y el medioambiente. Desde la perspectiva técnica, el proyecto de ley no plantea una prohibición absoluta de la actividad pirotécnica, sino que introduce una diferenciación clara entre la pirotecnia puramente visual y la sonora, concentrando sobre esta última las restricciones más severas por sus efectos perjudiciales en la salud, la seguridad ciudadana y el bienestar animal.
Entre las disposiciones centrales que estipula el borrador del documento, se establece la prohibición total de la venta callejera, ambulante o informal de cualquier tipo de artefacto pirotécnico en el país, permitiéndose su comercialización única y exclusivamente en establecimientos comerciales fijos que se encuentren debidamente habilitados por las autoridades competentes. Asimismo, el texto prohíbe de forma expresa vender, entregar o facilitar estos productos a personas menores de 18 años.
Respecto al uso de la pirotecnia sonora, la normativa dispone que su utilización quede restringida exclusivamente a espectáculos masivos debidamente autorizados por los municipios y ejecutados por operadores técnicos habilitados. Además, dichos eventos no podrán desarrollarse a una distancia menor de 500 metros de hospitales, centros de salud, instituciones educativas, hogares de niños, residencias de adultos mayores o refugios de animales, buscando proteger a los sectores más vulnerables de la sociedad paraguaya. El proyecto busca derogar la Ley Nº 6754/2021 para unificar todas las regulaciones en esta nueva normativa nacional.

























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