El juez Penal de Garantías Especializado en Delitos Económicos, Humberto Otazú, resolvió elevar a juicio oral y público la causa abierta contra la exintendenta de la Municipalidad de Quyquyhó, Patricia Corvalán, junto a los procesados Manuel Olazar, Enrique Lovera y Andrés Arrúa. La resolución judicial se dictó durante la audiencia preliminar al considerar que existen elementos suficientes presentados por el Ministerio Público para determinar la responsabilidad penal de los cuatro acusados, quienes según la hipótesis fiscal habrían desempeñado los roles principales en una estructura montada para desviar recursos de la administración comunal.
La investigación del Ministerio Público sostiene que entre los periodos 2017 y 2018 se concretó un esquema que ocasionó un perjuicio económico estimado en más de 1.100 millones de guaraníes a las arcas municipales, tipificado bajo los supuestos delitos de lesión de confianza, administración en provecho propio y asociación criminal. De acuerdo con las evidencias reunidas en la carpeta fiscal, una parte sustancial de los fondos públicos sustraídos habría sido destinada a la edificación de una residencia particular vinculada al entorno familiar directo del diputado Esteban Samaniego.
En la misma diligencia, el magistrado otorgó la suspensión condicional del procedimiento a favor de cinco imputados, incluyendo a Blanca Álvarez, madre del mencionado parlamentario y suegra de la exintendenta enjuiciada, además de Damián Galarza, Christian Domínguez, Benigno Villasboa y Óscar Fanego. Para acceder a esta salida procesal alternativa, los favorecidos admitieron la existencia de los hechos atribuidos y ofrecieron la restitución de sumas percibidas indebidamente, aceptando someterse a reglas de conducta y un periodo de control supervisado durante dos años.
Por su parte, el diputado Esteban Samaniego no pudo ser procesado dentro del proceso judicial pese a ser señalado en el marco de las investigaciones sobre el desvío comunal. La falta de procesamiento responde a que el legislador mantiene sus fueros parlamentarios por la ausencia de un pronunciamiento de desafuero en la Cámara de Diputados, circunstancia que impide su juzgamiento ordinario mientras conserve la inmunidad constitucional.























Discussion about this post