La Secretaría de Defensa del Consumidor y el Usuario emitió una serie de aclaraciones dirigidas a la ciudadanía relativas a los derechos del consumidor en las operaciones comerciales con medios de pago electrónicos. A través de la difusión de los alcances de la Ley N.º 5476/2015 «De transparencia y defensa al usuario en la utilización de tarjetas de crédito y débito», la institución puntualizó que los establecimientos comerciales no se encuentran facultados para aplicar recargos porcentuales, cobrar precios superiores a los fijados en efectivo o imponer consumos mínimos —como la exigencia de montos piso— para procesar cobros mediante plásticos en el punto de venta.
El ente regulador enfatizó que la información referida a las modalidades y condiciones de pago debe ser informada al usuario de manera clara, visible, previa y precisa, sin que resulte admisible la comunicación de restricciones o condicionamientos de última hora en la caja de cobro. No obstante, la autoridad administrativa recordó que, en virtud de la Resolución SDCU N.º 162/2026 que reglamenta la ley del sector, la prohibición de recargos no resulta aplicable a las percepciones realizadas por dependencias del Estado en ejercicio de sus potestades públicas, tales como el cobro de impuestos, tasas, cánones, contribuciones u otros ingresos públicos que carezcan de fines comerciales o de lucro.
Ante eventuales irregularidades u omisiones por parte de los proveedores del mercado, la SEDECO recomendó a los afectados juntar elementos de prueba que permitan respaldar las denuncias correspondientes. Entre las acciones sugeridas se incluye la captura de imágenes fotográficas o digitales de los carteles de recargo o tiquets emitidos, la conservación del comprobante de compra o factura legal, y el resguardo de las boletas del POS donde conste el porcentaje o valor cobrado indebidamente.
Las denuncias por incumplimiento de las normas de protección al consumidor pueden ser radicadas de forma directa a través de la plataforma web oficial de la institución. Desde la autoridad de aplicación reiteraron que la instrucción ciudadana y el conocimiento de los derechos comerciales resultan fundamentales para sostener transacciones transparentes, evitar cobros indebidos y garantizar el respeto a la libre elección del medio de pago en las relaciones de consumo.






















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