El senador Rafael Filizzola explicó que los ajustes realizados por la Cámara Baja permitieron perfeccionar y precisar el alcance del proyecto de Ley “Que establece la obligación de devolver los pagarés al deudor en el acto de pago total de la deuda y establece un régimen sancionador”. La iniciativa apunta a frenar el esquema de estafas en el que deudores que ya abonaron la totalidad de sus compromisos vuelven a ser demandados judicialmente por la falta de restitución del documento físico.
Por su parte, el asesor de la comisión especial, Prof. Mag. Francisco Segura, detalló que la modificación principal radica en definir de forma clara a la persona responsable de devolver el pagaré. Segura indicó que en el texto inicial aprobado por la Cámara de Senadores existían vacíos sobre si la responsabilidad correspondía al acreedor original o a eventuales terceros, considerando que este tipo de títulos de crédito suelen circular de mano en mano mediante endosos.
Con la versión de la Cámara de Diputados, se establece expresamente que la obligación de restituir el documento en el acto del pago recae sobre el tenedor o portador actual que recibe la cancelación. No obstante, el asesor legal de la comisión parlamentaria acotó que aún se requerirán pequeñas adecuaciones de redacción antes del tratamiento definitivo del texto en el pleno.

























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