El reciente incremento del salario mínimo legal también impacta directamente en las cuotas de prestación alimentaria fijadas en jornales mínimos. Así lo recordó la jueza de la Niñez y la Adolescencia, Pili Rodríguez, quien aclaró que la actualización de estos montos se realiza de manera automática y no requiere una nueva resolución judicial.
La magistrada explicó que el artículo 189 del Código de la Niñez y la Adolescencia establece que las prestaciones alimentarias deben fijarse en jornales mínimos, precisamente para garantizar que se ajusten de forma proporcional cada vez que se produzca un reajuste salarial.
Con el nuevo valor del jornal mínimo, establecido en G. 117.077, las personas obligadas al pago de asistencia alimentaria ya deben recalcular el monto correspondiente. Para ello, basta con multiplicar la cantidad de jornales fijados por la Justicia por el nuevo valor vigente.
A modo de ejemplo, Rodríguez señaló que una cuota alimentaria establecida en 10 jornales mínimos pasa a representar un pago mensual de G. 1.170.770.
La jueza instó a los responsables a actualizar los montos por iniciativa propia para evitar inconvenientes legales y eventuales sanciones por incumplimiento.
Asimismo, recordó que la legislación contempla medidas estrictas para los casos de mora. Entre ellas, la posibilidad de que la Justicia ordene la retención automática de hasta el 50% del salario de la persona obligada al pago cuando existan cuotas atrasadas o impagas.
Fuente: HOY























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