El Tribunal de Sentencia Especializado en Delitos Económicos, compuesto por los jueces Elsa García, Adriana Planás y Matías Garcete, dictó veredicto en el proceso penal que involucra al exlegislador argentino Edgardo Kueider y a su exsecretaria, Iara Guinsel. El exsenador fue condenado a una pena de 2 años de cárcel, mientras que Guinsel recibió una sanción de 1 año y 10 meses. Ambas sentencias se otorgaron con el beneficio de la suspensión de la ejecución de la condena, disponiéndose formalmente que los dos sancionados mantengan el régimen de arresto domiciliario que venían cumpliendo.
Los antecedentes del caso se remontan a diciembre del año 2024, cuando la pareja fue demorada por las autoridades competentes en la zona de control del Puente de la Amistad, en Ciudad del Este. En dicha oportunidad, los encausados intentaron ingresar a la República del Paraguay transportando la suma en efectivo de 211.102 dólares estadounidenses, 646.000 pesos argentinos y 3.900.000 guaraníes, todo ello omitiendo los canales formales de la debida declaración obligatoria ante las oficinas de control fronterizo.
Durante la lectura de los fundamentos del fallo, la jueza Elsa García argumentó que se constituye el hecho punible de contrabando a través de toda acción, omisión, operación o manejo tendiente a introducir o extraer mercaderías del país violando las normativas legales vigentes. La magistrada puntualizó que, si bien en este caso particular no se produjo el resultado típico total de la infracción debido a la incautación oportuna del dinero sin declarar antes de su libre circulación, el marco legal nacional también castiga de forma estricta la fase de tentativa.
A la salida de la audiencia, el exsenador Edgardo Kueider manifestó ante los medios su abierto desacuerdo con la decisión judicial, calificando la resolución del tribunal paraguayo como un fallo cuestionable. El político argentino sostuvo que los jueces no consideraron la falta de dolo en su conducta y criticó la validez otorgada a las declaraciones de los testigos intervinientes. Asimismo, alegó que los fondos estaban guardados dentro de una mochila en el asiento trasero del rodado sin doble fondo, por lo que, a su criterio, no existió un intento de ocultamiento material.
Kueider descartó que este dictamen judicial configure una persecución política directa por parte del sistema judicial de Paraguay, pero denunció que el caso fue aprovechado en la República Argentina para alimentar un presunto armado político y un «escándalo jurídico» en su contra tras haber votado una ley denominada «Ley Bases». El sentenciado adelantó que el equipo de la defensa presentará un recurso de apelación contra el fallo, afirmando que la no declaración de dinero corresponde a un requisito netamente administrativo del régimen de la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero o Bienes (Seprelac) según la Ley 1015/17, y no a una conducta que deba ser encuadrada penalmente bajo la figura del contrabando o sancionada con medidas restrictivas de libertad.






















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