La jueza Clara Ruiz Díaz otorgó medidas alternativas a la prisión a la exfiscal Stella Mary Cano. La exfuncionaria judicial se encuentra procesada por la supuesta comisión del hecho punible de persecución de inocentes, en el marco de una causa penal que indaga un presunto esquema de coacción institucional montado en contra del estilista Ciro Panniello. La resolución se dio a conocer tras la sustanciación de la audiencia de imposición de medidas en la sede del Palacio de Justicia.
Entre las reglas de conducta impuestas por la magistrada para garantizar el sometimiento de la imputada al proceso, se destacan la prohibición estricta de salir del país sin autorización judicial previa y la obligación de comparecer ante el Juzgado dentro de los primeros diez días de cada mes para la firma del libro de actas en secretaría. Asimismo, el juzgado admitió como fianza real un inmueble propuesto por la defensa técnica, disponiéndose sobre el bien un embargo preventivo formal hasta cubrir la suma de G. 200.000.000.
La investigación penal señala que en el año 2018, Stella Mary Cano —quien presentó su renuncia al cargo en el Ministerio Público tras ser imputada— habría ordenado la detención del ciudadano italiano Ciro Panniello utilizando como pretexto una denuncia por supuesta estafa. Según la hipótesis fiscal, la detención se habría ejecutado con el único fin de presionar y coaccionar al estilista para obligarlo a ceder bienes muebles e inmuebles valuados en unos G. 778 millones bajo la figura de una supuesta “reparación del daño”. El acuerdo económico se firmó mientras la víctima permanecía privada de su libertad en una dependencia oficial, lo que para los investigadores evidencia un claro mecanismo de extorsión y abuso de poder.
Las sospechas de una maniobra ilícita se consolidaron luego de que la causa original por estafa promovida contra Panniello fuera desestimada de forma definitiva en el año 2021, tras comprobarse judicialmente la inexistencia de cualquier hecho punible. Los fiscales del caso sostienen que Cano instrumentó y desnaturalizó las facultades del Ministerio Público para utilizarlo como un órgano de apriete civil. Con la resolución dictada por el Juzgado de Garantías, el proceso penal entra en su etapa de recolección de pruebas periciales antes de la fijación de la audiencia preliminar.





















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