La resolución judicial se dio a conocer hoy miércoles, tras sustanciarse la audiencia de imposición de medidas en la sede judicial. La investigación penal, conducida por los agentes fiscales Silvio Corbeta, Alma Zayas y María Valdez, sostiene que el encausado habría formado parte de una estructura ilícita orientada al desvío de recursos de la Municipalidad de Ciudad del Este.
Según la tesis del Ministerio Público, entre los meses de marzo y junio de 2020 se habrían direccionado licitaciones públicas hacia empresas afines o funcionales al imputado con el propósito de obtener beneficios económicos indebidos, provocando un severo perjuicio patrimonial a la institución pública.
Al analizar los presupuestos del artículo 242 del Código Procesal Penal, el juez Osmar Legal constató la existencia de elementos de sospecha suficientes sobre la gravedad de los hechos punibles y la necesidad de asegurar la presencia del procesado. No obstante, durante la audiencia, la defensa técnica arrimó documentos de arraigo —tales como certificados de vida y residencia, facturas de servicios y ofertas de fianzas reales con sus respectivas tasaciones e informes de dominio— lo que demostró la voluntad del imputado de someterse al proceso penal.
Amparado en el artículo 245 de la normativa procesal y en el artículo 19 de la Constitución Nacional, el magistrado concluyó que las medidas alternativas eran idóneas para mitigar los riesgos de fuga o de obstrucción a la investigación.
Las reglas de conducta impuestas por el juzgado obligan al procesado a fijar residencia en su domicilio sin posibilidad de modificarlo sin autorización expresa, además de la prohibición absoluta de cambiar el número de telefonía celular proveído en la audiencia. Asimismo, Prieto deberá presentarse ante la secretaría del juzgado entre el 1 y el 10 de cada mes de manera obligatoria para firmar el libro de comparecencia, teniendo además restricción total de salida del país. En carácter de garantía económica, el magistrado aceptó la fianza real de un inmueble ubicado en el distrito de Ciudad del Este —propiedad de un tercero— y decretó un embargo preventivo por la suma de 500.000.000 de guaraníes.























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