El juez penal de garantías, Rodrigo Estigarribia, resolvió de forma oral elevar a juicio oral y público la causa que afronta Wilfrido Cáceres, exdirector administrativo y financiero de la Municipalidad de Asunción, quien fue acusado por el presunto hecho punible de lesión de confianza.
La resolución del magistrado especializado en Delitos Económicos se dio tras el desarrollo de la audiencia preliminar, instancia en la que rechazó los planteamientos de sobreseimiento e incidentes planteados por la representación del procesado. No obstante, el juzgado determinó modificar la calificación provisional de la Fiscalía, manteniendo el proceso exclusivamente por lesión de confianza y excluyendo formalmente el cargo de asociación criminal.
La investigación del Ministerio Público sostiene que el esquema administrativo generó un daño patrimonial que asciende a G. 1.808.956.000 mediante licitaciones presuntamente sobreevaluadas de artículos de limpieza, como detergentes de alta concentración y saturómetros. Este proceso guarda una vinculación directa con el exintendente Óscar «Nenecho» Rodríguez, sindicado como parte del esquema, pero cuya audiencia preliminar se encuentra actualmente retrasada a raíz de la tramitación de recursos pendientes ante la Corte Suprema de Justicia.
Al término de la diligencia judicial, el propio Wilfrido Cáceres brindó declaraciones para analizar los alcances del fallo de la etapa intermedia. El exfuncionario comunal cuestionó la consistencia fáctica del requerimiento fiscal, alegando que la acusación no cumple con las exigencias del Código Procesal Penal respecto a detallar con precisión de qué manera su conducta causó un perjuicio a la institución.
«Planteamos un incidente por el cual se solicitaba que, en atención a que la acusación no cumplía con sus requisitos formales —específicamente la relación precisa y circunstanciada del hecho—, no se puede sostener de qué manera haber firmado 13 certificados de disponibilidad presupuestaria signifiquen un perjuicio patrimonial. Entendiendo que en una institución pública de la envergadura de la Municipalidad de Asunción, los hechos administrativos son consecutivos y en cadena», argumentó Cáceres.
Según la tesis esgrimida por el acusado, la Dirección General de Gestión de Riesgos operaba desde el año 2015 como una subunidad financiera con ordenación de gastos propia, por delegación de competencias de la Intendencia. Cáceres detalló que la recepción, contratos y verificación de las mercaderías se realizaban fuera del Palacete Municipal y estaban bajo la estricta tutela de los responsables de dicha área, como la funcionaria Nidia López, quien ya obtuvo una salida alternativa de suspensión condicional del procedimiento.
«Siempre en el ideal de la ordenanza se tenía de que la delegación de competencia sea la limitación de la responsabilidad. ¿Cómo un director administrativo y financiero puede estar durmiendo tranquilo cuando en la calle hay un incendio o una inundación donde hay que proveer frazadas, colchones, alimentos? ¿Cómo controlás esa situación? Por eso se hace la delegación para quien administra y entrega el bien sea responsable», justificó.
El exjefe de finanzas manifestó su preocupación por el criterio de co-responsabilidad utilizado por los investigadores, advirtiendo sobre las implicancias técnicas que esto podría acarrear para la gestión de los servidores públicos en general. «Con esta posición del Ministerio Público me quedo muy preocupado, porque seguramente tantas obras que se han pagado durante mi administración, si una de esas tiene 2 o 3 centímetros menos de asfalto, sería responsable por haber certificado la disponibilidad presupuestaria, cuando eso no es de mi control. Para eso tenés un fiscal de obra y un director de obra», concluyó Cáceres, remarcando que el juzgado elevó el caso al entender que la discusión de fondo debe ser debatida ante un Tribunal de Sentencia.

























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