La abogada y activista de derechos humanos Mirtha Moragas recordó, a través de sus redes sociales, que Paraguay cuenta con una legislación específica para prevenir y sancionar actos de racismo y discriminación contra personas afrodescendientes. Se trata de la Ley N.º 6940/2022, norma que, según destacó, ya fue reglamentada y se encuentra plenamente vigente.
La aclaración surge en medio de la polémica generada por las expresiones de la senadora liberal Celeste Amarilla contra el futbolista francés Kylian Mbappé, luego de la eliminación de Paraguay frente a Francia en los octavos de final de la Copa Mundial de la FIFA 2026. Las declaraciones de la legisladora motivaron una respuesta pública del delantero francés, así como pronunciamientos de la Federación Francesa de Fútbol y de autoridades políticas de ese país.
La Ley N.º 6940, promulgada en 2022, tiene por objeto establecer mecanismos y procedimientos para prevenir y sancionar actos de racismo y discriminación hacia las personas afrodescendientes.
Entre sus principales disposiciones, la normativa define la discriminación racial como toda distinción, exclusión, restricción o preferencia basada en motivos de raza, color, ascendencia u origen nacional o étnico que tenga por objeto o resultado anular o menoscabar el reconocimiento o ejercicio, en condiciones de igualdad, de los derechos humanos y las libertades fundamentales.
Asimismo, considera racismo a toda teoría que promueva la valoración de diferencias biológicas o culturales para justificar la superioridad de un grupo sobre otro, mientras que define la raza como una construcción social basada en prejuicios históricos que han servido para asignar posiciones de privilegio o subordinación entre distintos grupos humanos.
La norma designa a la Secretaría Nacional de Cultura como autoridad de aplicación y le encomienda la elaboración de un Plan Nacional de Promoción, Fomento y Protección de los Derechos Humanos de las personas afrodescendientes, además de coordinar acciones con organizaciones civiles y referentes académicos para incorporar el legado afrodescendiente en el ámbito educativo.
En materia de educación, la ley dispone que el Ministerio de Educación y Ciencias promueva el reconocimiento de la historia, la participación y el aporte de la población afrodescendiente en la conformación de la sociedad paraguaya, además de fomentar el acceso de este sector a becas educativas.
La legislación también establece cuáles son considerados actos discriminatorios. Entre ellos figuran impedir o restringir arbitrariamente el ejercicio de derechos por motivos raciales o étnicos, difundir ideas basadas en la superioridad o el odio racial, así como promover o integrar organizaciones que justifiquen el racismo o inciten a la violencia o persecución de personas afrodescendientes.
En cuanto a las sanciones, la ley prevé multas de entre 50 y 100 jornales mínimos para actividades diversas no especificadas en caso de comprobarse actos de discriminación o racismo, monto que se duplicará en situaciones de reincidencia.
Además, crea el Registro Nacional de Personas Afrodescendientes, dependiente del Instituto Nacional de Estadística (INE), y dispone que los recursos obtenidos mediante las multas sean destinados a financiar políticas públicas orientadas a promover la no discriminación y la igualdad de derechos.


























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