La jueza Lici Sánchez hizo lugar a una acción de amparo constitucional y ordenó al Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social (MSPyBS) proveer de manera inmediata el medicamento Carfilzomib 60 mg a una paciente de 28 años diagnosticada con mieloma múltiple IgG Kappa.
La acción judicial fue promovida por la Defensoría del Pueblo en representación de la joven, quien recibe tratamiento en el Hospital Nacional de Itauguá. La resolución dispone que la cartera sanitaria entregue la medicación indicada por su médico hematólogo tratante, debido a la urgencia de su condición de salud.
El tratamiento prescripto requiere un total de 36 frascos de Carfilzomib 60 mg, con un costo estimado de G. 705.600.000.
Según los antecedentes del caso, la paciente había solicitado el medicamento por la vía administrativa ante el Ministerio de Salud, pero no obtuvo una respuesta favorable en tiempo oportuno. La cartera sanitaria argumentó que el fármaco no formaba parte de su listado estándar de tecnologías sanitarias.
Sin embargo, el medicamento cuenta con registro sanitario de la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria (DINAVISA) y se encuentra disponible en el mercado nacional, según lo expuesto en el proceso judicial.
Ante la falta de provisión y considerando la necesidad del tratamiento, la Defensoría del Pueblo recurrió a la vía judicial para garantizar el acceso de la paciente a la medicación indicada.
Con la resolución, el Ministerio de Salud queda obligado a cumplir la orden judicial y garantizar la entrega del fármaco requerido para la continuidad del tratamiento oncológico.























Discussion about this post