El Tribunal de Apelación Especializado en Delitos Económicos, Corrupción y Crimen Organizado de la Capital confirmó de manera unánime la prisión preventiva de José Luis Gómez Amarilla, músico conocido OG Selu, condenado en primera instancia a 14 años de prisión por trata de personas con fines de explotación sexual.
La decisión fue adoptada mediante el Auto Interlocutorio N.º 562, con el voto preopinante del magistrado Paublino Escobar y la adhesión de los jueces Arnulfo Arias y Mario Camilo Torres. Aunque el recurso de apelación general presentado por la defensora Raquel Talavera fue declarado admisible, el Tribunal rechazó el pedido de revocación de la medida cautelar.
En la resolución, los magistrados señalaron que, si bien el órgano colegiado fue recusado por la defensa ante la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, dicha circunstancia no impedía pronunciarse sobre cuestiones urgentes vinculadas a la libertad del procesado. En ese sentido, recordaron que el artículo 346 del Código Procesal Penal establece que las recusaciones no suspenden los procedimientos cuando se trata de actos que no admiten dilación.
El principal argumento para mantener la prisión preventiva radica en que Gómez Amarilla ya fue condenado por el Tribunal de Sentencia contra el Crimen Organizado N.º 1 mediante la Sentencia Definitiva N.º 56, dictada el 25 de febrero de 2026. Aunque el fallo aún no se encuentra firme debido a los recursos planteados por la defensa, los camaristas consideraron que la expectativa de una pena de 14 años incrementa significativamente el riesgo de fuga.
Asimismo, señalaron que la revisión de medidas cautelares exige la existencia de circunstancias nuevas que justifiquen la modificación de la situación procesal del imputado, aspecto que, según la resolución, no fue demostrado por la defensa.
Los jueces también destacaron la gravedad del delito investigado y su impacto sobre derechos fundamentales, al considerar que la trata de personas constituye una de las formas más graves de vulneración de la dignidad, la libertad y los derechos humanos de las víctimas.
La condena fue obtenida por la agente fiscal Carina Sánchez, de la Unidad Especializada contra la Trata de Personas, en el marco de la denominada “Operación Asunción”, una investigación desarrollada mediante cooperación internacional entre Paraguay y España.
Las pesquisas se iniciaron a partir de mecanismos de intercambio de información establecidos a través de la Red Iberoamericana de Fiscales Especializados contra la Trata de Personas y el Tráfico Ilícito de Migrantes (REDTRAM), lo que permitió una coordinación directa entre autoridades de ambos países.
Como parte de la investigación se realizaron operativos simultáneos en Paraguay y España. La cooperación incluyó la participación de agentes de la Unidad Contra Redes de Inmigración y Falsedad Documental (UCRIF) de España en procedimientos realizados en territorio paraguayo, así como la presencia de fiscales paraguayos en allanamientos efectuados en la ciudad española de Ferrol.
Según las pruebas producidas durante el juicio oral, Gómez Amarilla integraba una estructura familiar dedicada a captar mujeres paraguayas y de otras nacionalidades en situación de vulnerabilidad mediante falsas ofertas laborales en el extranjero.
La investigación determinó que el condenado organizaba los traslados, adquiría pasajes y facilitaba recursos económicos para el viaje de las víctimas, quienes posteriormente eran sometidas a explotación sexual en inmuebles ubicados en las ciudades de Ferrol y Narón, en España.
De acuerdo con los antecedentes del caso, dichos establecimientos eran administrados por la madre del condenado y la pareja de esta, quienes también fueron condenadas por la Justicia española.
Durante el juicio, el Tribunal de Sentencia valoró testimonios de víctimas, informes técnicos, documentación migratoria y otros elementos probatorios que permitieron acreditar tanto la existencia del hecho punible como la responsabilidad penal de Gómez Amarilla. Además de la pena privativa de libertad, la sentencia dispuso el comiso de los bienes incautados durante la investigación.
























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