Un Tribunal de Sentencia integrado por los jueces Lourdes Garcete, Rossana Maldonado y Juan Francisco Ortiz condenó de manera unánime a siete años de pena privativa de libertad al expresidente del Instituto Nacional de Desarrollo Rural y de la Tierra, Luis Ignacio Ortigoza Samudio. La resolución declaró probada la acusación por lesión de confianza presentada por el fiscal Néstor Coronel, al determinarse un perjuicio patrimonial de G. 15.381.715.000 contra la institución pública.
Según la reconstrucción del caso efectuada en el juicio oral, Ortigoza dispuso en el año 2012 la adjudicación de 13 lotes colindantes en el distrito de Bahía Negra, departamento de Alto Paraguay, abarcando un total de 52.000 hectáreas. Para concretar las ventas, el exfuncionario emitió resoluciones donde aplicó un precio de G. 30.000 por hectárea —correspondiente a una resolución histórica del año 2003—, en lugar de los valores técnicos oficiales vigentes para esa zona, que oscilaban entre G. 105.700 y G. 309.500 por hectárea.
La presidenta del tribunal, la jueza Lourdes Garcete, enfatizó durante la lectura de los argumentos que la Fiscalía demostró el dolo del acusado al disponer de patrimonio público sin justificación técnica ni legal. La magistrada puntualizó que las 13 resoluciones de adjudicación se firmaron concentradas en dos únicas fechas (el 22 de noviembre y el 28 de diciembre de 2012) utilizando documentación deficiente e ignorando solicitudes previas de verdaderos ocupantes para favorecer a personas que no reunían las condiciones requeridas.
Durante el proceso, el acusado argumentó que tomó las decisiones por el extravío de expedientes dentro de la entidad y con el fin de evitar demandas civiles contra el Estado. Sin embargo, el colegiado descartó dicha postura al constatar que no existían tales riesgos judiciales y que los beneficiarios de la venta irregular debieron reparar posteriormente el daño para acceder a salidas procesales. Para la valoración de la pena también se tuvo en cuenta que Ortigoza permaneció en situación de rebeldía y prófugo de la justicia por varios años, hasta su detención en julio de 2025.
A pesar de la pena impuesta de siete años de cárcel, el Tribunal de Sentencia resolvió mantener las medidas alternativas a la prisión preventiva hasta tanto el fallo quede firme y ejecutoriado. Esta medida se adoptó considerando que el procesado ya compurgó en prisión los seis meses correspondientes a la pena mínima establecida para el hecho punible investigado. La lectura íntegra de la sentencia fue fijada para el próximo lunes 3 de agosto.
























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